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2.8 Conclusiones

En esa misma línea Ávila (2008: 29 y 36-37) afirma que la Constitución de 2008 del Ecuador y en los tratados de derechos humanos internacionales.



3.4 Conclusiones

La Constitución de 2008 también realiza una definición de desarrollo sustentable en Jurídico de la Presidencia de la República del Ecuador desde 2007.



Constitución del Ecuador (2008)

El Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia responsabilidad



1 INFORME DE AVANCE DE LAS RECOMENDACIONES DE LA

Interamericana Contra la Corrupción el Ecuador en junio del año 2008



CONSTITUCION POLITICA DEL ECUADOR 2008

- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos son ciudadanos y gozarán de los derechos establecidos en la Constitución. La nacionalidad ecuatoriana es el vínculo 



La Constitución del 2008 en el contexto andino. Análisis desde la

2008/10/20 en la Constitución ecuatoriana de 2008 . ... V. Conclusiones ... La Constitución del 2008 proclama que “El Ecuador es un Estado.



BUEN VIVIR EN EL ECUADOR Del concepto a la medición

La séptima sección revisa el Régimen del Buen Vivir de la. Constitución de 2008. La última sección contiene las conclusiones. 2.1 ¿Qué es la Constitución? La 



La Participación Ciudadana y Control Social en Ecuador. Citizen

y es en la Constitución Ecuatoriana del 2008 que se establece de forma sólida la base conclusiones sobre el tema investigado.



“ANÁLISIS DE LOS DERECHOS DE PARTICIPACIÓN EN LA

La Constitución del Ecuador consagra a los adultos mayores como un grupo de atención conclusiones generales acerca de la Constitución de 2008:.



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La séptima sección revisa el Régimen del Buen Vivir de la. Constitución de 2008. La última sección contiene las conclusiones. 2.1 ¿Qué es la Constitución?

1 INFORME DE AVANCE DE LAS RECOMENDACIONES DE LA PRIMERA Y SEGUNDA RONDA, FORMULADAS POR EL COMITÉ DE EXPERTOS DEL MECANISMO DE SEGUIMIENTO A LA IMPLEMENTACIÓN DE LA CONVENCIÓN INTERAMERICANA CONTRA LA CORRUPCIÓN MESICIC AL ECUADOR.

INTRODUCCIÓN

El Ecuador preocupado por las consecuencias nefastas del fenómeno de la corrupción suscribió diferentes instrumentos internacionales como son la Convención Interamericana contra la Corrupción 1997, la Convención de las Naciones Unidas Contra la Corrupción 2005 y el Plan Andino de Lucha Contra la

Corrupción 2007.

El Ecuador como país miembro de la Organización de Estados Americanos OEA, y dentro del marco de la Convención Interamericana Contra la Corrupción, ha venido participando en las reuniones del Comité de Expertos Contra la Corrupción, a través de las cuales trabajó en la primera y segunda Ronda del Mecanismo de Seguimiento a la Implementación de la Convención Interamericana de la Corrupción MESICIC. Dentro de los compromisos que el Ecuador asumió para el Programa de Acción Contra la Corrupción 2008-2009, está impulsar este Mecanismo, en virtud de aquello el Ecuador en junio del 2008, aprobó el Plan de Acción Para la Implementación de las Recomendaciones Formuladas por el Comité de Expertos del MESICIC., Plan que con la flexibilidad del caso se viene cumpliendo en nuestro país, con cuyos avanc e s p a r t ic i p a r en l a Te r c e r a R o n da d e Estad o s Pa rt e p o r r e a l izars e e n

Washington - Estados Unidos.

I. SUMARIO DE LA INFORMACIÓN RECIBIDA.

Cuestionario en relación con las disposiciones de la Convención Interamericana Contra la Corrupción Seleccionadas en la Tercera Ronda y Para el Seguimiento de las Recomendaciones Formuladas en las Rondas

Anteriores:

Metodología para el Análisis de la Implementación de las Disposiciones de la Convención Interamericana Contra la Corrupción Seleccionadas en la Tercera Ronda y para el Seguimiento de las Recomendaciones Formuladas en las

Rondas Anteriores.

Estructura que tendrán los Informes por País que se Elaborarán en el Marco de la Tercera Ronda. II. ANÁLISIS, CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES DE LA IMPLEMENTACIÓN POR EL ESTADO PARTE DE LAS DISPOSICIONES DE LA CONVENCIÓN SELECCIONADAS PARA LA TERCERA RONDA. En el marco de las Disposiciones formuladas por la Convención Interamericana Contra la Corrupción, el Ecuador en junio del año 2008, puso en ejecución el Plan de Acción Para la Implementación de las 2 Recomendaciones Formuladas por el Comité de Expertos del MESICIC, el cual para su mejor cumplimiento se lo dividió en seis componentes: Componente No. 1: Acceso al servicio civil, conflicto de intereses y capacitación a los funcionarios públicos. Componente No. 2: Fortalecimiento institucional, coordinación y cooperación interinstitucionales. Componente No. 3: Fortalecimiento del sistema penal. Componente No. 4: Participación ciudadana y fomento de la ética deliberativa. Componente No. 5: Preservación y uso de recursos públicos, y declaración patrimonial juramentada.

Componente No. 6: Compras públicas.

DENTRO DEL COMPONENTE No. 1, (ACCESO AL SERVICIO CIVIL, CONFLICTO DE INTERESES Y CAPACITACIÓN A LOS FUNCIONARIOS Remuneraciones del Sector Público, ha trabajado en las siguientes recomendaciones:

1. Primera Recomendación (Informe 1ra. Ronda/III.1.1.1.).

Fortalecer la implementación de leyes y sistemas reglamentarios con respecto a los conflictos de intereses. PAG 1 Y 2. El Ecuador se encuentra trabajando en la reforma a la Ley Orgánica del

Servicio Civil y Carrera Administrativa.

La Asamblea Nacional aprobaría esta reforma y se emitiría la Ley Orgánica del Servicio Público, incorporando en la propuesta a la reforma, el aspecto de conflicto de intereses, que dice: "En el caso de que exista conflicto de intereses entre servidores públicos de una misma institución, que tengan algún grado de parentesco de los establecidos en esta Ley, quien deba tomar la decisión, informará a su inmediato superior sobre el caso, y se excusará inmediatamente de seguir conociendo el procedimiento controvertido, mientras se resuelve lo pertinente". Respecto a los conflictos de intereses también se incluirá en el Reglamento de la Ley Orgánica del Servicio Público, "prohibiciones y mecanismos para evitar los conflictos de intereses", incorporando este aspecto en normas y en el Código de Ética de las servidoras y servidores del Sector Público, que será elaborado por la SENRES.

1. Primera Recomendación (Informe 2ra. Ronda/III.1.1.1.).

Fortalecer los sistemas para la contratación de los funcionarios públicos en el sistema general de administración pública. Pag. 55. 3 El Ecuador está trabajando en la determinación de la estructura óptima de las instituciones y optimización de contratos, acorde a las necesidades institucionales evitando duplicación de competencias de cargos, funciones o productos, así como también en la reestructuración y clasificación real de puestos. La gestión de la SENRES se focaliza en la revisión de nombramientos en todo el sector público, incluido instituciones autónomas, acorde al art. 225 y art.

326 núm. 16 de la Constitución

2. Segunda Recomendación (Informe 2ra. Ronda/III.1.1.2.).

Fortalecer los sistemas para la contratación de los funcionarios públicos en la

Función Legislativa. Pag 56 y 57.

3. Tercera Recomendación (Informe 2ra. Ronda/III.1.1.3.).

Fortalecer los sistemas para la contratación de los funcionarios públicos en la

Función Judicial. Pag. 60.

4. Cuarta Recomendación (Informe 2ra. Ronda/III.1.1.4.).

Fortalecer los sistemas para la contratación de recursos humanos de los funcionarios del Ministerio Público. Pag 64. En la propuesta de la reforma a la Ley Orgánica del Servicio Civil y Carrera Administrativa-LOSCCA, que contendrá la Ley de Servicio Público, se fortalece los sistemas para la contratación de los funcionarios en general del servicio público, a través de los distintos mecanismos establecidos en la Ley, corrigiendo las deficiencias que tiene la LOSCCA, adaptándola a la nueva Constitución y promoviendo la equidad remunerativa en el Sector Público. Adicionalmente la SENRES se encuentra actualizando la Norma de Selección, de acuerdo a lo que dispone la Constitución de la República y la Nueva Ley Orgánica del Servicio Público a ser aprobada. (Exceptúa a

Dignatarios y Jueces).

5. Quinta Recomendación (Informe 2ra. Ronda/III.1.1.5.).

Tomar las medidas que sean necesarias, a los fines de unificar y armonizar los sistemas de contratación de recursos humanos, evitando así la fragmentación del sistema, y contribuyendo a la mejor aplicación de los principios de legalidad, equidad, neutralidad, igualdad y transparencia La Secretaría Nacional Técnica de Desarrollo de Recursos Humanos y Remuneraciones del Sector Público, se encuentra desarrollando el Sistema Informático integrado de Recursos Humanos - SIIRH, mismo que permite información oportuna con el propósito de planificar y tomar medidas correctivas inmediatas, reduciendo los costos innecesarios. El SIIRH recibirá de las Unidades de Administración de Recursos humanos de las instituciones del sector público datos en tiempo real para obtener 4 información respecto al catastro y censo de instituciones y servidores públicos, del ingreso realizado por concurso de méritos y oposición, certificados de habilidad para desempeñar puesto público, valores remunerativos, datos de servidores - hoja de vida, formación - capacitación, movimientos administrativos, estructura orgánica de las instituciones del

Sector Público.

Anexo "A" Proyecto de Ley Orgánica del Servidor Público, no se adjunta por ser de carácter reservado.

DENTRO DEL COMPONENTE NO. 2: FORTALECIMIENTO

INSTITUCIONAL, COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN

INTERINSTITUCIONALES, el Ecuador, a través de la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo SENPLADES, se encuentra trabajado en este Componente, cuyos avances se darán a conocer oportunamente:

1. Primera Recomendación (Informe 1ra. Ronda/III.1.1.1.).

Fortalecer la implementación de leyes y sistemas reglamentarios con respecto a los conflictos de intereses. PAG 1. Este tema ya fue abordado en el Componente No. 1 del Plan de Acción para la Implementación de las Recomendaciones Formuladas por el Comité de

Expertos del MESICIC.

5. Quinta Recomendación (Informe 1ra. Ronda/III.3.1.).

Fortalecer los órganos de control superior, en lo concerniente a las funciones que desarrollan en relación con el control del efectivo cumplimiento de las disposiciones previstas en los numerales 1, 2, 4 y 11 de la Convención, con el objeto de asegurar la eficacia en dicho control, dotándolas con los recursos necesarios para el cabal desarrollo de sus funciones; procurando que cuenten para ello con un mayor apoyo; y estableciendo mecanismos que permitan la efectiva coordinación institucional de sus acciones, cuando corresponda, y una continua evaluación y seguimiento de las mismas.

PAG 25, 26.

11. Décimo Primera Recomendación (Informe 1ra. Ronda/5.1.).

Determinar y priorizar áreas específicas en las cuales la República del Ecuador considere que necesita la cooperación técnica de otros Estados parte y organismos internacionales de cooperación, para fortalecer sus capacidades de prevenir, detectar, investigar y sancionar actos de corrupción

PAG 46.

12. Décimo Segunda Recomendación (Informe 1ra. Ronda/ 5.2.).

Continuar los esfuerzos de intercambiar cooperación técnica con otros Estados partes, sobre las formas y medios más efectivos para prevenir, detectar, investigar y sancionar los actos de corrupción. PAG 47. 5

14. Décimo Cuarta Recomendación (Informe 1ra. Ronda/7.1).

Diseñar e implementar, cuando corresponda, programas de capacitación de los servidores públicos responsables de la aplicación de los sistemas, normas, medidas y mecanismos considerados en el presente informe con el objeto de garantizar su adecuado conocimiento, manejo y aplicación. PAG 51.

15. Décimo Quinta Recomendación (Informe 1ra. Ronda/7.2).

Seleccionar y desarrollar procedimientos e indicadores, cuando sea apropiado, que permitan verificar el seguimiento de las recomendaciones establecidas en el presente informe y comunicar al Comité, a través de la Secretaría Técnica, sobre el particular. A los efectos señalados, podrá tomar en cuenta el listado de indicadores más generalizados, aplicables en el sistema interamericano que estuvieran disponibles para la selección indicada por parte del Estado Analizado, que ha sido publicada por la Secretaría Técnica del Comité, en página en "Internet" de la OEA, así como información que se derive del análisis de los mecanismos que se desarrollen de acuerdo con la recomendación siguiente pag. 52. DENTRO DEL COMPONENTE No. 3: FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA PENAL, el Ecuador a través de la Fiscalía General del Estado, ha trabajado en las siguientes Recomendaciones:

3. Tercera Recomendación (Informe 1ra. Ronda/III.1.3.1.). Fortalecer los

mecanismos con los que cuenta la República del Ecuador para exigir a los funcionarios públicos denunciar a las autoridades competentes sobre los actos de corrupción en la función pública de los que tengan conocimiento. La Fiscalía General del Estado, hasta mediados del año 2008, contaba con cuatro edificios propios a nivel nacional, atendiendo al público en oficinas arrendadas y no adecuadas para un desempeño profesional de las labores de los fiscales, por lo que, para mejorar y fortalecer la atención al público, usuario del sistema penal, se han adquirido un total de veinticuatro edificios adicionales en todas las provincias y en algunos cantones se cuenta con una infraestructura moderna que facilita el cumplimiento de las labores de los fiscales y las necesidades de atención al público, así como para recepción de denuncias. En las ciudades de Guayaquil y principalmente de Quito, por el número de usuarios y en consideración de las distancias que tienen que recorrer los denunciantes, mediante convenios con el Municipio de Quito, se han abierto siete oficinas adicionales de recepción de denuncias, logrando con esto acercar la Fiscalía a la ciudadanía, facilitando que los delitos cometidos sean debidamente denunciados en forma ágil y oportuna, buscando una justicia sin dilaciones. El Ecuador, por ser un País pluriétnico y multicultural y considerando los preceptos constitucionales en el sentido de que todos tenemos derecho al 6 acceso a la justicia, se crearon once Fiscalías Indígenas en las provincias de mayor presencia de estas etnias, facilitando que este segmento de la población inveteradamente desatendido, tenga las facilidades necesarias y un libre acceso a la justicia en su propia lengua. El Ecuador tiene un índice de tres fiscales por cada mil habitantes, índice que nos coloca en el antepenúltimo puesto entre los países latinoamericanos, por lo que el promedio de denuncias que cada fiscal debe despachar por año es de quinientos en promedio, siendo por supuesto muy alto, lo que imposibilita una atención con agilidad y en el menor tiempo posible al usuario. Para corregir esta condición existente se ha incrementado el número de fiscales y en esta fecha se está convocando a nivel nacional la incorporación de trescientos funcionarios adicionales, distribuidos en fiscales, secretarios y asistentes de fiscal, aspirando llegar en el transcurso del año 2009 a novecientos nuevos funcionarios, lo que duplicaría el número de fiscales y funcionarios actuales, mejorando sustantivamente la atención al público así como el tiempo de respuesta en los trámites. Para la incorporación del personal, se realizaron concursos públicos de meritos y oposición que incluyen exámenes de conocimientos teóricos y prácticos, transparentes con la participación de la Universidad Técnica Particular de Loja, con la presencia de veedores ciudadanos y con la implementación de un Reglamento de Calificación y Selección de

Personal.

Adicionalmente, en diciembre de 2008 y primeros días de enero de 2009 se elaboró, aprobó y divulgó a nivel nacional el Código de Ética para los funcionarios y empleados de la Fiscalía General del Estado. DECIMO TERCERA RECOMENDACIÓN (Informe 1ra. Ronda/ 5.3.). Diseñar e implementar un programa integral de difusión para autoridades y funcionarios competentes, con el objetivo que conozcan y puedan aplicar las disposiciones de asistencia recíproca para la investigación o juzgamiento de actos de corrupción previstos en la Convención y en otros tratados suscritos por Ecuador: La Fiscalía General del Estado ha elaborado una guía y un formulario específico para solicitar la asistencia penal internacional y ha organizado un departamento encargado de realizar esta coordinación con los fiscales que necesitan de esta asistencia penal internacional, el Ministerio de Relaciones Exteriores y las diferentes fiscalías a nivel internacional. A fin de coordinar y hacer más efectiva y eficiente la labor de los Organismos de Control, encargados de la lucha contra la corrupción y de lograr llegar hasta el juzgamiento y sanción a quienes cometen actos de corrupción, se ha implementado varios talleres con auditores de la 7 Contraloría General del Estado y Fiscales a cargo de los casos de delitos de corrupción, en Quito, Guayaquil y Cuenca, cabe añadir que a la ciudad sede han asistido auditores y fiscales de las provincias del entorno de influencia. DECIMO SEGUNDA RECOMENDACIÓN: (Informe 2ra. Ronda/III.3.). Adecuar la legislación penal ecuatoriana a la Convención Interamericana contra la Corrupción, teniendo en cuenta las revisiones sugeridas en el estudio titulado "Adaptando la Legislación Ecuatoriana a la Convención

Interamericana contra la Corrupción.

El Ecuador realizó reformas al código Penal y al Código de Procedimiento Penal, las que fueron aprobadas por la Comisión Legislativa y de Fiscalización, a fin de lograr agilidad en el trámite procesal y juzgamiento de los casos, especialmente en los delitos de corrupción. Se está preparando reformas a la Ley para Reprimir el Lavado de Activos y al Código de Procedimiento Penal para estos casos. Se remitió a la Asamblea un proyecto de Ley de Extinción de Dominio, preparado bajo la Coordinación e iniciativa de la Fiscalía General del Estado conjuntamente con varias entidades, que tienen que ver con la lucha contra el Narcotráfico y el Lavado de Dinero y la participación y asesoramiento de un fiscal de Colombia experto en la formulación y aplicación de esta Ley en varios países latinoamericanos. Este proyecto de Ley esta suspenso su aprobación en la Asamblea.

Anexo "C"

Código de ética

Guía y formulario específico para solicitar la asistencia penal internacional

Memoria talleres realizados.

Mecanismos de coordinación entre la Fiscalía General del Estado y la

Contraloría General del Estado.

Taller interinstitucional

Ley Reformatoria al Código Penal y al Código de Procedimiento Penal. DENTRO DEL COMPONENTE No. 4: PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y FOMENTO DE LA ÉTICA DELIBERATIVA, el Ecuador a través de laquotesdbs_dbs50.pdfusesText_50
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