[PDF] Sistemas de salarios mínimos 24 oct. 2012 Objetivos del





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Convenio 135 relativo a la Protección y Facilidades que Deben

1971 por la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo en su Quincuagésima Sexta Reunión



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TRABAJO: CONVENIO 135 Y RECOMENDACIÓN 143. 1971 La Conferencia General de la Organización Internacional del ... forma de un convenio internacional.



PROYECTO DE LEY N° “Por medio de la cual se aprueba el

Internacional de la Organización Internacional del Trabajo el 23 de junio de 1971”. EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA. Visto el texto del «Convenio 135 sobre los 



INCIDENCIA DE LA RATIFICACION DEL CONVENIO 135 DE LA

Es sabido que después de la Reforma Constitucional de 1994 el Convenio. 87 de la O.I.T. sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación



CONFERENCIA INTERNACIONAL DEL TRABAJO CONVENIO 135

CONVENIO 135. CONVENIO RELATIVO A LA PROTECCION Y FACILIDADES QUE DEBEN OTORGARSE A La conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo.





Nombre : CONVENIO No. 135. RELATIVO A LA PROTECCION Y

24 août 2006 Tipo / Documento : Convenio. Multilateral. Reserva : No. Organismo Internacional de Origen : ORGANIZACION INTERNACIONAL DEL TRABAJO.



análisis del convenio 135 de la organización internacional del

1 juil. 2017 De las definiciones anteriormente citadas se puede concluir que



Sistemas de salarios mínimos

24 oct. 2012 Objetivos del Convenio núm. 131 y de la Recomendación núm. 135 . ... Organización Internacional del Trabajo el Consejo de Administración de ...



Selección de los convenios y recomendaciones respecto de los

135) y la 143 que lo acompaña; el Convenio sobre las relaciones de trabajo en ... memorias en virtud del artículo 19 de la Constitución de la OIT

OIT Sistemas de salarios mínimos

CONFERENCIA INTERNACIONAL DEL TRABAJO

103.
A

REUNIÓN, 2014

Sistemas de salarios mínimos

ILC.103/III/1B

Conferencia Internacional del Trabajo, 103.ª reunión, 2014

Estudio General de las memorias relativas

al Convenio (núm. 131) y a la Recomendación (núm. 135) sobre la fijación de salarios mínimos, 1970

Tercer punto del orden del día:

Informaciones y memorias sobre la aplicación

de convenios y recomendaciones

Informe de la Comisión de Expertos

en Aplicación de Convenios y Recomendaciones (artículos 19, 22 y 35 de la Constitución)

Informe III (Parte 1B)

Oficina Internacional del Trabajo Ginebra

Sistemas de salarios mínimos

OFICINA INTERNACIONAL DEL TRABAJO GINEBRA

ISBN 978-92-2-327744-4 (impreso)

ISBN 978-92-2-327745-1 (web pdf)

ISSN 0251-3226

Primera edición 2014

© Ilustración de la cubierta; protection-of-money: Sergey Ilin

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Compaginado por TTS: Confrep-ILC103-III(1B)[NORME-140128-1]-Sp.docx Impreso por la Oficina Internacional del Trabajo, Ginebra, Suiza v

Sumario

Introducción

Capítulo I. Definiciones y objetivos de las normas sobre salarios mínimos Capítulo II. Campo de aplicación de los sistemas de salarios mínimos Capítulo III. Métodos de fijación de los salarios mínimos Capítulo IV. Alcance de los salarios mínimos Capítulo V. Consulta y participación de los interlocutores sociales y de otros actores Capítulo VI. Criterios de fijación y procedimientos de ajuste de los salarios mínimos Capítulo VII. Medidas para la aplicación de los salarios mínimos Capítulo VIII. Salarios mínimos, crisis económica y medidas de austeridad

Capítulo IX. Observaciones finales

Anexos

vii

Índice

Página

Sumario ........................................................................................................................ v

Introducción .............................................................................................................. 1

Sección 1. Contexto y alcance del Estudio General ............................................ 1 Sección 2. Antecedentes de la labor normativa de la OIT en relación con la fijación de salarios mínimos .................................................... 2

Sección 3. Otras normas pertinentes de la OIT .................................................. 8

Sección 4. Tendencias recientes ........................................................................ 10

Sección 5. Referencias a los salarios mínimos en otros instrumentos

internacionales .................................................................................. 13

Sección 6. Resultado de la labor del Grupo de Trabajo sobre política de revisión de normas ....................................................................... 18

Sección 7. Estado de las ratificaciones ............................................................... 18

Sección 8. Informaciones disponibles ................................................................. 18

Sección 9. Plan del Estudio ................................................................................ 19

Capítulo I

Definiciones y objetivos de las normas sobre salarios mínimos .................. 21

Sección 1. Definiciones ...................................................................................... 21

1. La noción de salario mínimo ............................................................. 21

2. Los componentes del salario mínimo ................................................ 22

3. Salario mínimo, living wage y salario equitativo ................................ 30

4. Sistema y métodos de fijación de salarios mínimos .......................... 33

Sección 2. Objetivos del Convenio núm. 131 y de la Recomendación núm. 135 .. 34

Conclusión ............................................................................................................. 36

Capítulo II

Campo de aplicación de los sistemas de salarios mínimos .......................... 39

Sección 1. Campo de aplicación del Convenio núm. 131 ................................... 39

Sección 2. Grupos de trabajadores excluidos de los sistemas nacionales

de salarios mínimos .......................................................................... 41

1. Exclusiones mencionadas en las primeras memorias

sobre la aplicación del Convenio ....................................................... 41

Sistemas de salarios mínimos

viii

2. Exclusiones actualmente en vigor ..................................................... 43

Trabajadores agrícolas ..................................................................... 43

Sector público ................................................................................... 44

Trabajadores jóvenes y aprendices .................................................. 45 Trabajadores empleados en las empresas familiares ....................... 46 Asalariados de pequeñas empresas ................................................. 46 Trabajadores domésticos ................................................................. 47 Otras categorías de trabajadores excluidos ...................................... 49

Conclusión .......................................................................................................... 51

Capítulo III

Mecanismos para la fijación de salarios mínimos .......................................... 53 Sección 1. La fijación de salarios mínimos por las autoridades públicas sin consulta con los actores sociales ................................................ 54 Sección 2. La fijación de salarios mínimos por las autoridades públicas tras consulta con los actores sociales ............................................... 56

Sección 3. La fijación de salarios mínimos de forma tripartita ............................. 64

Sección 4. La fijación de salarios mínimos mediante negociación colectiva ....... 68

Conclusión .......................................................................................................... 72

Capítulo IV

Alcance de los salarios mínimos ..................................................................... 73

Sección 1. Salario mínimo de aplicación general ................................................ 74

Sección 2. Salarios mínimos por región geográfica ............................................ 77

Sección 3. Salarios mínimos por sector de actividad .......................................... 80

Sección 4. Salarios mínimos por categoría profesional ...................................... 83

Sección 5. Salarios mínimos diferenciados sobre la base de otros criterios ....... 88

1. Diferenciación fundada en el sexo .................................................... 88

2. Salarios mínimos diferenciados para los trabajadores jóvenes ......... 90

3. Salarios mínimos diferenciados para los aprendices

y los trabajadores en formación ........................................................ 96

4. Salarios mínimos diferenciados para los trabajadores migrantes ...... 101

5. Salarios mínimos diferenciados para los trabajadores

con discapacidad .............................................................................. 104

Conclusión .......................................................................................................... 106

Capítulo V

Consulta y participación de los interlocutores sociales y otros actores ...... 109 Sección 1. Consulta y participación de las organizaciones de empleadores

y de trabajadores .............................................................................. 110

1. Observaciones generales.................................................................. 110

2. La representatividad de las organizaciones de empleadores

y de trabajadores .............................................................................. 112

3. Participación de las organizaciones representadas

en la designación de sus representantes .......................................... 115

Índice

ix

4. Participación de las organizaciones de empleadores

y de trabajadores en pie de igualdad ................................................ 117

5. Consulta y participación de los interlocutores sociales

en la práctica ..................................................................................... 119

Sección 2. Participación de las personas que representan los intereses

generales del país ............................................................................. 124

1. Calificaciones de las personas que representen los intereses

generales del país ............................................................................. 124

2. Consulta con las organizaciones de empleadores

y de trabajadores sobre la designación de las personas que representan los intereses generales del país ............................. 126

Conclusión .......................................................................................................... 128

Capítulo VI

Criterios de fijación y procedimientos de ajuste de los salarios mínimos ... 131 Sección 1. Criterios para determinar las tasas de salarios mínimos ................... 132

1. Criterios relacionados con las necesidades de los trabajadores

y sus familias .................................................................................... 132

2. Criterios relacionados con factores de orden económico .................... 140

Sección 2. Reajuste de los salarios mínimos ...................................................... 145

Sección 3. Encuestas sobre la situación económica y social del país y compilación de datos estadísticos y de otra naturaleza .................. 150

Conclusión .......................................................................................................... 153

Capítulo VII

Medidas para la aplicación de los salarios mínimos ...................................... 155

Sección 1. Carácter obligatorio de los salarios mínimos ..................................... 155

Sección 2. Difusión de informaciones sobre las tasas de salarios mínimos

en vigor ............................................................................................. 160

Sección 3. Autoridades encargadas de controlar la aplicación de las disposiciones relativas a los salarios mínimos ........................ 163 Sección 4. Sanciones en caso de incumplimiento de los salarios mínimos

aplicables .......................................................................................... 166

Sección 5. Derecho de los trabajadores a cobrar los salarios que se les adeudan ........................................................................... 171 Sección 6. La función de las organizaciones de empleadores

y de trabajadores .............................................................................. 173

Sección 7. Protección de los trabajadores contra las represalias ....................... 175 Sección 8. Otras medidas para facilitar el respeto de los salarios mínimos ........ 176

Conclusión .......................................................................................................... 179

Capítulo VIII

Salarios mínimos, crisis económica y medidas de austeridad ...................... 181

Conclusión .......................................................................................................... 190

Sistemas de salarios mínimos

x

Capítulo IX

Observaciones finales ...................................................................................... 191

Sección 1. Obstáculos para la aplicación del Convenio núm. 131 y de la Recomendación núm. 135 ..................................................... 191

1. Principales obstáculos de aplicación ................................................. 191

2. Solicitudes de asistencia técnica ....................................................... 192

Sección 2. Perspectivas de ratificación del Convenio núm. 131 ......................... 196

Sección 3. Necesidades de la OIT en cuanto a actividad normativa ................... 203

Sección 4. Conclusiones generales .................................................................... 204

Anexos

I. Textos de los instrumentos examinados ................................................................ 213

Convenio núm. 131 .................................................................................................... 213

Recomendación núm. 135 ......................................................................................... 217

II. Cuadro de ratificaciones del Convenio núm. 131 y memorias recibidas

de conformidad con el artículo 19 de la Constitución de la OIT .............................. 221

III. Organizaciones de empleadores y de trabajadores que formularon observaciones sobre los instrumentos examinados ............................................... 227 IV. Lista de legislaciones y otras disposiciones nacionales pertinentes ....................... 231

V. Salarios mínimos reducidos aplicables a los trabajadores jóvenes ........................ 261

Mapa de ratificaciones

1

Introducción

Sección 1. Contexto y alcance del Estudio General

1. En virtud de lo dispuesto en el artículo 19, párrafo 5, e) de la Constitución de la

Organización Internacional del Trabajo, el Consejo de Administración de la Oficina Internacional del Trabajo decidió, en su 313.ª reunión (de marzo de 2012), que el Estudio General que se sometería a la reunión de la Conferencia de 2014 debería dedicarse al Convenio sobre la fijación de salarios mínimos, 1970 (núm. 131) y a la Recomendación

sobre la fijación de salarios mínimos, 1970 (núm. 135) 1. El Consejo de Administración ha

adoptado, durante su 315.ª reunión (junio de 2012), el formulario de memoria que los Estados Miembros deberán utilizar para elaborar las memorias en virtud del artículo 19 de la Constitución de la OIT, con miras a la preparación del presente Estudio General 2.

2. En virtud de la decisión del Consejo de Administración por la que se aprueba el

formulario de memoria para la elaboración del Estudio General sobre la fijación de los salarios mínimos, los gobiernos de los Estados Miembros que no hayan ratificado el Convenio núm. 131 han sido invitados a presentar una memoria sobre su legislación y su práctica nacionales en relación con las cuestiones de las que se ocupa este Convenio.

Además, de conformidad con el artículo 19, párrafo 6, d) de la Constitución, los gobiernos

de todos los Estados Miembros han sido invitados a presentar una memoria sobre el estado de su legislación y su práctica en lo que respecta a los asuntos tratados en la Recomendación núm. 135. Las memorias recibidas, además de las presentadas en virtud de

Nota editorial: en el presente Estudio General, los nombres de los Estados parte en el Convenio sobre la fijación de

los salarios mínimos, 1970 (núm. 131) aparecen en cursiva. En cada uno de los puntos tratados en el Estudio General

se hace referencia a la legislación y a la práctica de algunos Estados Miembros de la OIT. Estas referencias revisten

un carácter indicativo, puesto que resultaría poco práctico referirse a todos los Estados Miembros respecto de cada

uno de los temas que se abordan en el Estudio. En las notas a pie de página, la cifra entre paréntesis remite a la lista

de instrumentos jurídicos por país que figura en el anexo IV. Por analogía con la posición adoptada en 2011 por la

Conferencia Internacional del Trabajo en la resolución relativa a la igualdad de género y el uso del lenguaje en los

textos jurídicos de la OIT, la Comisión decide que, en el presente Estudio, "el uso de uno de los dos géneros incluye

en su significado una referencia al otro género, a menos que el contexto requiera proceder de otra manera». Cuando

la Comisión se refiere a los comentarios que ha formulado sobre la aplicación del Convenio núm. 131, el año

mencionado corresponde a la fecha en la que se comunicó dicho comentario al gobierno (en el caso de las solicitudes

directas) o en la que se publicó su memoria (en el caso de las observaciones).

1 Documento GB.313/LILS/6, párr. 12, en su versión enmendada. A diferencia del Estudio General anterior sobre

la fijación de salarios mínimos publicado en 1992, el presente Estudio no analiza los instrumentos adoptados

antes del Convenio núm. 131, en particular, los Convenios núms. 26 y 99. En el curso de su 313.ª reunión (marzo

de 2012), el Consejo de Administración decidió asimismo que la primera discusión recurrente sobre la protección

social (protección de los trabajadores) tendría lugar durante la reunión de la Conferencia de 2015, véase el

documento GB.313/INS/2, párr. 19. Esta es la primera vez que el Consejo de Administración instaura un desfase

de un año entre el examen del Estudio General por la Conferencia y la discusión recurrente dedicada a este

mismo tema. Esta decisión da seguimiento a las conclusiones del Grupo Directivo para el Seguimiento de la

Declaración de la OIT sobre la justicia social para una globalización equitativa, según las cuales tal desfase

facilitaría el examen del Estudio General y permitiría integrar mejor los aspectos normativos del mismo en la

discusión recurrente, véase el documento GB.309/10, párr. 8.

2 Documento GB.315/INS/6/4, párr. 4.

Sistemas de salarios mínimos

2 lo dispuesto en los artículos 22 y 35 de la Constitución por los Estados Miembros que han ratificado el Convenio núm. 131, han permitido a la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones (Comisión de Expertos) elaborar el presente Estudio General sobre el curso dado, en la legislación y la práctica a los instrumentos objeto de examen. Es la tercera vez que un Estudio General de la Comisión de Expertos versa sobre

los instrumentos relativos a la fijación de los salarios mínimos, lo que demuestra la

importancia que la OIT ha otorgado siempre a este tema 3. Sección 2. Antecedentes de la labor normativa de la OIT en relación con la fijación de salarios mínimos

3. Si bien en el momento de la fundación de la Organización Internacional del Trabajo

no se habían fijado salarios mínimos más que en algunos países como Australia, Francia, Noruega, Nueva Zelandia o Reino Unido, y éstos no cubrían más que a determinadas

categorías de trabajadores 4, el artículo 427 del Tratado de Versalles incluía "el pago a los

trabajadores de un salario que les asegure un nivel de vida conveniente, tal como se comprende en su tiempo y en su país» entre los principios generales que debían orientar la política de la OIT en el futuro. En la primera reunión de la Conferencia en 1919, los delegados del Paraguay presentaron una moción respecto al artículo 427 para que, en la siguiente reunión de la Conferencia, se estudiara la posibilidad de establecer un salario mínimo en las diversas industrias. En ese contexto, los delegados recordaron que dicho

artículo establecía también el principio en virtud del cual "el trabajo no debe ser

considerado simplemente como una mercancía o un artículo para el comercio» y que, por consiguiente, había que evitar que el trabajo humano se viese sometido a la ley de la oferta y la demanda y que, en los períodos de desempleo, se vea remunerado con salarios insuficientes a causa de la abundancia excesiva de mano de obra 5. En un primer momento, el Consejo de Administración encargó a la Oficina que realizara una investigación sobre

los sistemas instituidos por vía legislativa en diversos países para reglamentar los salarios 6.

Las conclusiones de estos trabajos constituyeron el tema de varios artículos publicados en la Revista Internacional del Trabajo (RIT). Estimando, a la vista de los últimos estudios efectuados por la Oficina, que el problema de la fijación de salarios mínimos podía ser objeto de examen en el marco de la Conferencia, el Consejo de Administración inscribió esta cuestión en el orden del día de la reunión de 1927 de la Conferencia Internacional del

Trabajo 7. Por primera vez en la historia de la OIT, esta cuestión fue objeto de un

procedimiento de doble discusión que llevó a la adopción, en 1928, del Convenio

3 Los dos estudios precedentes se presentaron, respectivamente, en las reuniones de la Conferencia de 1958 y de

1992. Véase OIT: Conferencia Internacional del Trabajo, 4.ª reunión, Ginebra, 1958, Informe III (Parte IV),

Informe de la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones (arts. 19, 22 y 35 de la

Constitución) (en adelante "Estudio General de 1958»), redactado antes de la adopción del Convenio núm. 131

por la Conferencia; y OIT: Salarios mínimos, Conferencia Internacional del Trabajo, 79.ª reunión, Ginebra, 1992,

Informe III (Parte 4B), Informe de la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones

(arts. 19, 22 y 35 de la Constitución) (en adelante, "Estudio General de 1992»).

4 A. Marinakis: The role of the ILO in the development of minimum wages, Ginebra, OIT, 2008, pág. 3.

5 Sociedad de las Naciones, Conferencia Internacional del Trabajo, Primera reunión anual, Washington,

octubre-noviembre de 1919, pág. 262.

6 Actas de la 8.ª reunión del Consejo de Administración, julio de 1921.

7 Actas de la 30.ª reunión del Consejo de Administración, Ginebra, enero de 1926.

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