[PDF] Secretaría de la CNUDMI Guía relativa a la Convención sobre el





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Secretaría de la CNUDMI Guía relativa a la Convención sobre el

Guía relativa a la Convención sobre el. Reconocimiento y la Ejecución de las. Sentencias Arbitrales Extranjeras. (Nueva York 1958). Edición de la Guía de 



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CNUDMI

COMISIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS

PARA EL DERECHO MERCANTIL INTERNACIONAL

NACIONES UNIDASSecretaría de la CNUDMI

Guía relativa

la Convención sobre el

Reconocimiento y la Ejecución de las

Sentencias Arbitrales Extranjeras

(Nueva York, 1958) Puede obtenerse información adicional solicitándola de:

UNCITRAL secretariat, Vienna International Centre

P.O. Box 500, 1400 Vienna (Austria)

Teléfono: (+43-1) 26060-4060

Telefax: (+43-1) 26060-5813

Internet: www.uncitral.org

Correo electrónico: uncitral@uncitral.org

Secretaría de la CNUDMI

Guía relativa a la Convención sobre el

Reconocimiento y la Ejecución de las

Sentencias Arbitrales Extranjeras

(Nueva York, 1958)

Edición de la Guía de 2016

NACIONES UNIDAS

Nueva York, 2017COMISIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DERECHO MERCANTIL INTERNACIONAL Nota Las signaturas de los documentos de las Naciones Unidas se componen de letras mayúsculas y cifras. La mención de una de tales signaturas indica que se hace referencia a un documento de las Naciones Unidas. © Naciones Unidas, diciembre de 2016. Reservados todos los derechos a nivelmundial. La presente Guía es un producto de la labor de la Secretaría basado en las aporta- ciones de expertos, y su contenido no ha sido examinado por la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI). Así pues, la Guía no tiene por objeto reejar las opiniones de los Estados miembros de la Comisión y no constituye una interpretación ocial de la Convención de Nueva York. Las denominaciones empleadas en esta publicación y la forma en que aparecen presentados los datos que contiene no entrañan, de parte de la Secretaría de las Naciones Unidas, juicio alguno sobre la condición jurídica de ningún país, territo- rio, ciudad o zona, o de sus autoridades, o sobre el trazado de sus fronteras o límites. Producción de la publicación: Sección de Servicios en Inglés, Publicaciones y Biblioteca, Ocina de las Naciones Unidas en Viena. iii

Índice

Página

Prefacio

. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. . ix

Introducción . .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. . 1

Artículo I . .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. . 5

Artículo I 1)

. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. . 9

A. .

Signi?cado de "reconocimiento y ejecución" . .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. . 9

B. .

Signi?cado de "sentencias arbitrales" . .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. . 12

C. . Laudos arbitrales incluidos en el ámbito de aplicación

de la Convención . .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. . 20

D. . Signi?cado de la expresión "que tengan su origen en diferencias". .. .. . 30

Artículo I 2)

. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. . 31

Artículo I 3)

. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. . 32

A. .

Reserva de reciprocidad . .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. . 33

B. .

Reserva comercial . .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. . 36

Artículo II

. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. . 41

Artículo II 1)

. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. . 46

A. .

Obligación de reconocer un acuerdo por escrito . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46

B. .

Signi?cado de "acuerdo". .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. . 47

C. .

Alcance del "acuerdo por escrito". .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. . 53

Artículo II 2)

. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. . 57

A. . "Cláusula compromisoria incluida en un contrato" y "compromiso" 57 B. .

Requisito de la ?rma . .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. . 59

C. . Cláusula compromisoria o compromiso contenido en un canje

de documentos . .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. . 60

Artículo II 3)

. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. . 63

A. .

Principios generales. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. . 64

B. . Ejecución de un acuerdo de arbitraje conforme al artículo II 3) . .. .. .. . 69 iv

Artículo III

............................................................. 83 A. Principios generales............................................ 86 B. Normas de procedimiento vigentes en el territorio donde la sentencia sea invocada........................................ 91 C. Prohibición de imponer condiciones apreciablemente más rigurosas, honorarios o costas más elevados, que los aplicables al reconocimiento o a la ejecución de las sentencias arbitrales nacionales............................................ 99

Artículo IV

............................................................. 103 A.

Derecho

prima facie al reconocimiento y la ejecución ............. 107 B. Conjunto taxativo de requisitos ................................. 108 C. Cuestión de si la parte interesada puede presentar algunos de los documentos previstos en el artículo IV o debe presentarlos todos .. 109 D. Expresión “junto con la demanda"............................... 112

Artículo IV 1)

a) ........................................................ 113 A. Requisito de que la parte interesada presente la “sentencia" ........ 114 B. Autenticación y certicación.................................... 117

Artículo IV 1)

b) ........................................................ 123 A. Requisito de que el solicitante presente el acuerdo de arbitraje “a que se reere el artículo II" ................................... 123 B. Inexigibilidad de la prueba de la validez del acuerdo de arbitraje ... 125 C. No exigibilidad de la autenticación del acuerdo de arbitraje........ 126 Artículo IV 2) .......................................................... 127 A. Ley aplicable .................................................. 127 B. Certicación “por un traductor ocial o un traductor jurado, o por un agente diplomático o consular"............................... 128 C. Objeto de la traducción ........................................ 129

Artículo V

.............................................................. 131 A. Discrecionalidad del tribunal con arreglo al artículo V ............ 135 v B. Carácter taxativo de las causales del artículo V.................... 136 C. Carga de la prueba en el artículo V .............................. 139

Artículo V 1)

a) ........................................................ 141 Incapacidad de las partes ................................................ 145 A. Signicado de “las partes en el acuerdo a que se reere el artículo II" 145 B. Concepto de incapacidad....................................... 146 C. Signicado de “la ley que les es aplicable" ........................ 149 D. Oportunidad en que debió darse la incapacidad .................. 151 Nulidad del acuerdo de arbitraje ......................................... 151 A. Norma sobre la elección de la ley aplicable del artículo V 1) a)..... 152 B. Signicado de “invalidez"....................................... 155 C. Validez formal del acuerdo de arbitraje........................... 156 Cuestiones de procedimiento que se plantean en relación con el artículo V 1) a) 157 A. Carga de la prueba ............................................. 157 B. Pertinencia de las conclusiones de los tribunales arbitrales u otros tribunales................................................ 159 C. Preclusión..................................................... 161

Artículo V 1)

b) ........................................................... 165 A. Requisito de que la parte haya sido “debidamente noticada" ...... 169 B. Prueba de que una parte “no ha podido hacer valer sus medios de defensa".................................................... 176 C. Requisitos procesales que dicultan probar que se ha infringido el artículo V 1) b) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 183

Artículo V 1)

c) ........................................................... 185 A. Principios generales............................................ 188 B. Reconocimiento parcial de un laudo............................. 196 C. Relación con otros artículos de la Convención.................... 197 D. Aspectos procesales............................................ 199 vi

Artículo V 1)

d) ........................................................ 203

Principios generales

..................................................... 207 A. Prevalencia de la autonomía de las partes ........................ 207 B. Función subsidiaria de la ley del país donde se ha efectuado el arbitraje..................................................... 209 Aplicación ............................................................. 211 A. Requisito de que la composición del tribunal arbitral se ajuste a las normas aplicables al procedimiento........................... 211 B. Requisito de que el procedimiento arbitral se ajuste a las normas que lo rigen ................................................... 214 C. Cuestiones de procedimiento relativas a la interposición de una defensa fundada en el artículo V 1) d) ........................... 220

Artículo V 1)

e) ........................................................... 223 A. ¿Obligatoriedad del laudo?...................................... 227 B. ¿Qué es una “autoridad competente" del país “en que, o conforme a cuya ley, ha sido dictada esa sentencia"? ........................ 237 C. Suspensión o anulación del laudo ............................... 240

Artículo V 2)

a) ........................................................... 245 A.

Concepto

..................................................... 248 B.

Aplicación

.................................................... 251

Artículo V 2)

b) ........................................................... 259 A.

Concepto

..................................................... 262 B. Demanda ..................................................... 270 C. Cuestiones procesales relativas a la interposición de la defensa

con arreglo al artículo V 2) b) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 281

Artículo VI

............................................................. 289 A. Principios generales............................................ 292 B. Decisión de conceder o denegar el aplazamiento.................. 298 C. Decisión de ordenar que se den garantías apropiadas.............. 307 vii Artículo VII ............................................................ 315 A. Principios generales............................................ 318 B. Relación de la Convención con otros tratados .................... 320 C. Interacción de la Convención con el derecho interno.............. 326 Artículo VII 2) ......................................................... 336 Artículo VIII ........................................................... 339

Artículo VIII 1)

......................................................... 340

Artículo VIII 2)

......................................................... 341 A. Procedimiento para ser parte en la Convención................... 341 B.

Depositario

................................................... 342

Artículo IX

............................................................. 343

Artículo X

.............................................................. 345

Artículo XI

............................................................. 347 Artículo XII ............................................................ 351 Artículo XIII ........................................................... 357 Artículo XIV ........................................................... 359 Artículo XV ............................................................ 363 Artículo XVI ........................................................... 365 ix

Prefacio

Del Acta Final de la Conferencia de las

Naciones Unidas sobre Arbitraje Comercial

Internacional, hecha el10de junio de 1958,

a la resolución 62/65 de la Asamblea General, aprobada el 6 de diciembre de 2007 1. La Convención de Nueva York sobre el Reconocimiento y la Ejecución de las Sentencias Arbitrales Extranjeras (la “Convención de Nueva York" o la “Conven ción") es uno de los tratados más importantes y de mayor aceptación de las Nacio- nes Unidas en la esfera del derecho mercantil internacional. Aunque las Naciones Unidas prepararon la Convención, que fue aprobada por una conferencia diplomá- tica el 10 de junio de 1958, antes de que se creara la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI), la promoción de la Convención es una parte integrante del programa de trabajo de la CNUDMI. La Convención está reconocida ampliamente como uno de los instrumentos funda- cionales del arbitraje internacional, y requiere que los tribunales de los Estados contratantes ante los que se presente una demanda concerniente a una cuestión que sea objeto de un acuerdo de arbitraje reconozcan los efectos jurídicos de ese acuerdo y reconozcan y ordenen la ejecución de los laudos emitidos en otros Estados, a reserva de ciertas excepciones limitadas. La Convención entró en vigor el 7de junio de 1959 y a la fecha cuenta con 156 Estados parte. 2. El 6 de diciembre de 2007, la Asamblea General aprobó la resolución 62/65 en que reconoció el valor del arbitraje como método de solución de controversias en las relaciones comerciales internacionales de manera que contribuyera a la armonía de las relaciones comerciales, estimulara el comercio internacional y el desarrollo y promoviera el estado de derecho a nivel nacional e internacional. La Asamblea General expresó su convencimiento de que la Convención de Nueva York fortalecía el respeto de los compromisos vinculantes, inspiraba conanza en el estado de derecho y aseguraba un trato justo en la solución de controversias relacionadas con los derechos y obligaciones contractuales. Asimismo puso de relieve la necesidad de que se realizaran mayores esfuerzos a nivel nacional para lograr la adhesión universal a la Convención, así como su interpretación uniforme y aplicación efectiva. La Asamblea General expresó la esperanza de que los Estados x que todavía no eran partes en la Convención pasaran a serlo en un futuro cercano, lo que aseguraría el goce universal de la certeza jurídica que proporcionaba la Convención y reduciría el nivel de riesgo y los costos de las operaciones realizadas en el mundo de los negocios, promoviendo así el comercio internacional. 3. La Asamblea General solicitó al Secretario General que intensicara los esfuerzos para promover una adhesión más amplia a la Convención y su interpre tación uniforme y aplicación efectiva. La Guía de la secretaría de la CNUDMI relativa a la Convención de Nueva York (la “Guía relativa a la Convención de Nueva York" o la “Guía") se ha preparado en cumplimiento de esa solicitud.

Promover la interpretación uniforme

de los instrumentos de la CNUDMI 4. La CNUDMI, de conformidad con su mandato, ha comenzado a preparar los medios necesarios para una cabal comprensión de los instrumentos que elabora y su interpretación uniforme. 5. Uno de esos instrumentos, el sitio web www.newyorkconvention1958.org, ha sido creado por Shearman & Sterling LLP, la Facultad de Derecho de Columbia y la CNUDMI para poner a disposición del público la información que se ha reunido para preparar la Guía relativa a la Convención de Nueva York. El sitio contiene una versión electrónica de la Guía en todos los idiomas ociales de las Naciones Unidas, un corpus signicativo de textos sobre la interpretación judicial de la Con vención de Nueva York en los Estados partes, información sobre la raticación dequotesdbs_dbs1.pdfusesText_1
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