[PDF] Versión consolidada del Tratado de la Unión Europea





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Declaración Universal de Derechos Humanos

Todo individuo tiene derecho a la vida a la libertad y a la seguridad de su persona. Page 3. Artículo 4. Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre; 



Preámbulo Artículo 1 Artículo 2 Artículo 3 Artículo 4 Artículo 5

Artículo 3. Todo individuo tiene derecho a la vida a la libertad y a la seguridad de su persona. Artículo 4. Nadie estará sometido a esclavitud ni a servi.



CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA 1991 PREAMBULO EL

TITULO II. DE LOS DERECHOS LAS GARANTIAS Y LOS DEBERES. CAPITULO 1. DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES. Artículo 11. El derecho a la vida es inviolable.



Constitución Española

5. S U M A R I O. Páginas. CONSTITUCIÓN. Preámbulo Artículo 2. ... Artículo 4. 1. La bandera de España está formada por tres franjas horizonta-.



Versión consolidada del Tratado de la Unión Europea

Mar 30 2010 Artículo 3. (antiguo artículo 2 TUE). 1. La Unión tiene como finalidad ... Artículo 4. 1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5



Constitución de Francia 1958

https://www.constituteproject.org/constitution/France_2008.pdf?lang=es



Ley Orgánica 8/2013 de 9 de diciembre

https://www.boe.es/buscar/pdf/2013/BOE-A-2013-12886-consolidado.pdf



Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional

3. PREÁMBULO. Los Estados Partes en el presente Estatuto Artículo 2. Relación de la Corte ... Artículo 5. Crímenes de la competencia de la Corte. 1.



Constitución de China 1982

https://www.constituteproject.org/constitution/China_2004.pdf?lang=es



CONSTITUCION POLITICA DEL PERU

(Artículo 1 al 3). Capítulo II De los Derechos Sociales y Económicos. (Artículo 4 al 29). Capítulo III De los Derechos Políticos y de los Deberes. (Artículo 



Versión consolidada del Tratado de la Unión Europea

Artículo 4 1 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 toda competencia no atribuida a la Unión en los Tratados corresponde a los Estados miembros 2 La Unión respetará la igualdad de los Estados miembros ante los Tratados así como su



aRTÍcULo 1 PÁRRaFoS 1 3 Y 4 Y aRTÍcULo 2 PÁRRaFoS 1 2 3 Y 5

3 Resoluciones de la A G 40/94 A (preámbulo) 41/59 A (preámbulo) 42/38 A (preámbulo) 41/59 A (preámbulo) y 43/75 (preámbulo) 4 Resolución de la A G 43/85 (preámbulo) 5 Resoluciones de la A G 42/151 (preámbulo) y 43/164 (preámbulo) 6 Resoluciones de la A G 40/156 41/88 42/46 y 43/83



Searches related to preámbulo artículo 1 artículo 2 artículo 3 artículo 4 artículo 5

Artículo 3 Todo individuo tiene derecho a la vida a la libertad y a la seguridad de su persona Artículo 4 Nadie estará sometido a esclavitud ni a servi­ dumbre; la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas Artículo 5 Nadie será sometido a torturas ni a penas o tra­ tos crueles inhumanos o degradantes

VERSIÓN CONSOLIDADA

DEL

TRATADO DE LA UNIÓN EUROPEA

ES

30.3.2010 Diario Oficial de la Unión Europea C 83/13

PREÁMBULO

SU MAJESTAD EL REY DE LOS BELGAS, SU MAJESTAD LA REINA DE DINAMARCA, EL PRESIDENTE DE LA BLICA ITALIANA, SU ALTEZA REAL EL GRAN DUQUE DE LUXEMBURGO, SU MAJESTAD LA REINA DE LOS PAÍSES

BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE (

1 RESUELTOS a salvar una nueva etapa en el proceso de integración europea emprendido con la cons titución de las Comunidades Europeas, INSPIRÁNDOSE en la herencia cultural, religiosa y humanista de Europa, a partir de la cual se han

desarrollado los valores universales de los derechos inviolables e inalienables de la persona, así como

la libertad, la democracia, la igualdad y el Estado de Derecho,

RECORDANDO la importancia histórica de que la división del continente europeo haya tocado a su fin

y la necesidad de sentar unas bases firmes para la construcción de la futura Europa, CONFIRMANDO su adhesión a los principios de libertad, democracia y respeto de los derechos huma nos y de las libertades fundamentales y del Estado de Derecho, CONFIRMANDO su adhesión a los derechos sociales fundamentales tal y como se definen en la Carta

Social Europea firmada en Turín el 18 de octubre de 1961 y en la Carta comunitaria de los derechos

sociales fundamentales de los trabajadores, de 1989,

DESEANDO acrecentar la solidaridad entre sus pueblos, dentro del respeto de su historia, de su cultura

y de sus tradiciones,

DESEANDO fortalecer el funcionamiento democrático y eficaz de las instituciones, con el fin de que

puedan desempeñar mejor las misiones que les son encomendadas, dentro de un marco institucional

único,

RESUELTOS a lograr el refuerzo y la convergencia de sus economías y a crear una unión económica y

monetaria que incluya, de conformidad con lo dispuesto en el presente Tratado y en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, una moneda estable única, DECIDIDOS a promover el progreso social y económico de sus pueblos, teniendo en cuenta el

principio de desarrollo sostenible, dentro de la realización del mercado interior y del fortalecimiento

de la cohesión y de la protección del medio ambiente, y a desarrollar políticas que garanticen que los

avances en la integración económica vayan acompañados de progresos paralelos en otros ámbitos,

ES

30.3.2010 Diario Oficial de la Unión Europea C 83/15

1

) Posteriormente, la República de Bulgaria, la República Checa, la República de Estonia, la República de Chipre, la

República de Letonia, la República de Lituania, la República de Hungría, la República de Malta, la República de Austria,

la República de Polonia, Rumanía, la República de Eslovenia, la República Eslovaca, la República de Finlandia y el

Reino de Suecia pasaron a ser miembros de la Unión Europea.

RESUELTOS

a crear una ciudadanía común a los nacionales de sus países,

RESUELTOS a desarrollar una política exterior y de seguridad común que incluya la definición pro

gresiva de una política de defensa común que podría conducir a una defensa común de acuerdo con

las disposiciones del artículo 42, reforzando así la identidad y la independencia europeas con el fin de

fomentar la paz, la seguridad y el progreso en Europa y en el mundo,

RESUELTOS a facilitar la libre circulación de personas, garantizando al mismo tiempo la seguridad y la

protección de sus pueblos, mediante el establecimiento de un espacio de libertad, seguridad y justicia,

de conformidad con las disposiciones del presente Tratado y del Tratado de Funcionamiento de la

Unión Europea,

RESUELTOS a continuar el proceso de creación de una unión cada vez más estrecha entre los pueblos

de Europa, en la que las decisiones se tomen de la forma más próxima posible a los ciudadanos, de

acuerdo con el principio de subsidiariedad, ANTE LA PERSPECTIVA de las ulteriores etapas que habrá que salvar para avanzar en la vía de la integración europea, HAN DECIDIDO crear una Unión Europea y han designado con tal fin como plenipotenciarios: (no se reproduce la lista de los plenipotenciarios) QUIENES, después de haber intercambiado sus plenos poderes, reconocidos en buena y debida forma, han convenido las disposiciones siguientes.

TÍTULO I

DISPOSICIONES COMUNES

Artículo 1

(antiguo artículo 1 TUE) ( 1

Por el presente Tratado, las ALTAS PARTES CONTRATANTES constituyen entre sí una UNIÓN EUROPEA, en

lo sucesivo denominada quotesdbs_dbs24.pdfusesText_30
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