[PDF] Reglamento de Promoción “Convierta su planilla en una





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Reglamento de Promoción “Convierta su planilla en una

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Reglamento de Promoción - Banco Nacional de Costa Rica

Banco Nacional de Costa Rica o EL BANCO: dueño de la promoción “Sea cual sea su cancha BN Mujer la apoya” Reglamento: documento que regula la actividad dirigida por el Banco Nacional de Costa Rica denominada promoción “Sea cual sea su cancha BN Mujer la apoya” Promoción: Actividad promocional aquí regulada



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CLAUSULA TERCERA: Objeto de la promoción La presente promoción tiene como objetivo premiar a los clientes físicos y jurídicos del Banco Nacional de Costa Rica que constituyan un BN Ahorro Programado; durante el primero (1°) de febrero al treinta y uno (31) de marzo del 2022 (ambas fechas inclusive) y que cumplan con los demás requisitos

Línea Especializada de Encadenamiento

Supervisión Comercial de Canales

Subgerencia General Banca Desarrollo y Personas

RE02-PR02SC01, Comunicados emitidos. Edición 2

La versión impresa de este documento constituye una COPIA NO CONTROLADA

Apartado 10015-1000 San José, Costa Rica/Teléfono: (506)2212-2000 /Web: www.bncr.fi.cr/SWIFT: BNCRCRSJ Pág. 1 de 10

Reglamento de Promoción

͞Convierta su planilla en una oportunidad 2021// Convierta su salario en una oportunidad 2021 ͟

CLAUSULA PRIMERA: Titularidad de la Promoción

La mecánica, publicidad y derechos de autor de la promoción ͞Convierta su planilla en una oportunidad 2021// Convierta su salario en una oportunidad 2021͟ son propiedad exclusiva del Banco Nacional de Costa Rica.

CLAUSULA SEGUNDA: Naturaleza

La presente promoción se considerará de naturaleza restrictiva y exclusiva para clientes empresariales del Banco Nacional de Costa Rica, que reciban de parte del Banco la

invitación a participar vía correo electrónico de un ejecutivo de la Línea Especializada de

Encadenamiento.

CLAUSULA TERCERA: Objeto de la promoción

La presente promoción tiene como objetivo premiar a los clientes jurídicos que trasladen el pago completo de sus planillas con el Banco Nacional de Costa Rica, así como a sus colaboradores; durante el 01 de Febrero al 31 de Octubre del 2021 y que cumplan con los demás requisitos establecidos en el presente reglamento.

CLAUSULA CUARTA: Definiciones:

Para los efectos de este reglamento se establecen las siguientes definiciones: a) Banco Nacional de Costa Rica o EL BANCO: dueño de la promoción ͞Convierta su planilla en una oportunidad 2021͟. b) Reglamento: documento que regula la actividad dirigida por el Banco Nacional de Costa Rica denominada promoción ͞Convierta su planilla en una oportunidad͟ c) Promoción: actividad promocional aquí regulada. d) Cliente empresarial: Persona juridica, que se encuentre carterizada a un ejecutivo empresarial del Banco Nacional e) Colaborador cliente empresarial: Persona física, mayor de 18 años, que se vinculen con al menos cuenta salario, más un canal electrónico (Internet Banking Personal, BN Más Cerca, Sinpe Móvil), más produto del conglomerado (Fondo de Inversión, traslado Operadora de pensiones o adquirir un seguro autoexpedible)

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f) Favorecido(a): clientes escogidos como posibles ganadores mediante sorteo electrónico. g) Ganador(a): clientes que resulten favorecidos en la promoción ͞Convierta su planilla en una oportunidad͟, una vez verificado por parte del Banco que los clientes cumplen con lo dispuesto en el presente reglamento y que los clientes firmen el documento de aceptación del premio, exoneración de responsabilidad, el uso de imagen y cualquier otro documento que sea necesario según criterio de EL BANCO. h) Suplente: Cliente que puede ocupar el puesto del ganador en los supuestos establecidos en el presente reglamento. Podrá ser tomado en cuenta si por alguna razón uno de los favorecidos no acepta el premio. Además, deberá cumplir con los requisitos y condiciones estipulados en el presente reglamento y firmar el documento de aceptación de premio, exoneración de responsabilidad, uso de imagen y cualquier otro adicional que sea necesario según criterio de EL BANCO. i) Premio: Beneficio ofrecido por EL BANCO y que los clientes ganadores obtienen cumpliendo con los requisitos, condiciones y firma de documentos respectivos. El detalle de los premios se amplía en el apartado PREMIOS.

CLAUSULA QUINTA: Vigencia de la Promoción

La promoción tiene una vigencia del primero (01) de Febrero del 2021 al treinta y uno (31) de Octubre del 2021 ambas fechas inclusive.

CLAUSULA SEXTA: Requisitos y Condiciones

La presente promoción es aplicable única y exclusivamente para los clientes que hayan recibido la invitación vía correo electrónico de parte de Banco Nacional para participar en esta promoción. Los ganadores deben poseer un documento de identificación válido, vigente y reconocido conforme a las leyes de la República de Costa Rica y que adicionalmente cumplan con los siguientes requisitos:

Cliente Empresarial.

a. Personería al día de la empresa y del representante que redima el premio.

Colaborador cliente empresarial:

b. Ser mayor de 18 años de edad.

Adicionalmente:

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Los clientes empresariales que reciban el correo electrónico y que estén participando en la promoción deben estar al día en el pago de todas sus obligaciones con EL BANCO, no se considerarán las personas que tengan arreglos de pago con EL BANCO, que no se encuentren al día con las obligaciones adquiridas con la entidad, se encuentren con una codificación interna negativa o estén en procesos de cobro administrativo o judicial. Los colaboradores del cliente empresarial que salgan premiados deben estar al día en el pago de todas sus obligaciones con EL BANCO, no se considerarán las personas que tengan arreglos de pago con EL BANCO, que no se encuentren al día con las obligaciones adquiridas con la entidad, se encuentren con una codificación interna negativa o estén en procesos de cobro administrativo o judicial. Para participar y ser declarado como ganador, necesariamente los favorecidos deberán conocer y aceptar todos los términos, condiciones y limitaciones establecidas en este reglamento; por lo que el mismo estará disponible para su consulta previa a través de la página web del BANCO www.bncr.fi.cr. En todos los premios los favorecidos deberán firmar el recibido conforme del premio y demás documentos que a criterio de EL BANCO sean necesarios; de no hacerlo liberarán de toda responsabilidad a EL BANCO por el incumplimiento de las mismas y perderá el derecho a obtener el premio. Para que los favorecidos puedan ser contactados deberán mantener la información personal actualizada en los sistemas del BANCO. Los ganadores bajo su consentimiento aceptan ser fotografiados, retratados, filmados o grabados posteriormente a la entrega del premio, para efectos publicitarios, y deberán de estar anuentes a ello, dándole la facultad de utilizar su nombre e imagen en cualquier medio publicitario, renunciando a cualquier tipo de remuneración por ese concepto. En caso que los favorecidos no acepten ser fotografiados, retratados, filmados o grabados posteriormente a la entrega del premio, para efectos publicitarios, perderán el premio. Lo anterior se comunica a los favorecidos.

CLAUSULA SÉTIMA: Premios

Entre todos los clientes que cumplan con la mecánica de la promoción se sortearán

durante las 2 etapas de la campaña, siendo: Etapa 1. 01 de Febrero del 2021 al 31 de Mayo del 2021 Etapa2. 01 de Julio del 2021 al 31 de Octubre del 2021

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a. Para los clientes Empresariales: Un (1) premio de un millón y medio de colones (¢1,500,000.00) para capital de trabajo, pago de aguinaldos o pago de operaciones de crédito con el BNCR. Para un (1) único ganador. b. Para los colaboradores del cliente empresarial: Total de Veinte (20) premios de cincuenta mil colones cada uno (¢50,000.00). Para un total de veinte (20) ganadores. El favorecido puede optar por donar el monto total equivalente a su premio una a las fundaciones que guste, a continuación se detallan los nombres:

Obras del Espiritu Santo: Ayuda a niños, niñas y jóvenes a nivel físico, psicológico y

espiritual; en el ámbito de la prevención y la rehabilitación, por medio del desarrollo de los valores morales y las habilidades que le permitan crecer y tener una mejor calidad de vida humano/ cristiano. Territorio de Zaguates: Ayuda a darle un hogar a más de 1300 perros que buscan ser parte de una familia. Además les ayudan a ser adoptados o recibirlos permanentemente en el recinto.

CLAUSULA OCTAVA: Mecánica de la Promoción

Para que tanto el cliente empresarial y los colaboradores del cliente empresarial puedan participar en la promoción, deberá el cliente empresarial recibir por parte de su ejecutivo de encadenamiento la invitación vía correo electrónico, en donde se detallará que pasos deberán realizar, según corresponda el premio por el cual participa, por lo que:

1. El representante del cliente empresarial ante el Banco Nacional de Costa Rica debe

haber recibido y aceptado la invitación de participación en la promoción vía correo electrónico del primero (01) de Febrero del 2021 al treinta y uno (31) de Octubre del 2021 ambas fechas inclusive y responder a la promoción contactando al remitente de dicha invitación sea por teléfono o correo a la dirección que se detalla aceptando dicha participación.

2. El cliente empresarial y el colaborador del cliente empresarial deben cumplir con la

afiliación de una canasta de productos básica y previamente definida, que consiste en (1) cuenta salario, más un (1) canal electrónico (Internet Banking Personal, BN Más Cerca, Sinpe Móvil), más un (1) produto del conglomerado (Fondo de Inversión, traslado Operadora de pensiones o adquirir un seguro autoexpedible). La redención de los premios se puede realizar (para la etapa 1) desde el 1 de Junio al 30 de Junio de dos mil veintiuno (2021) y (para la etapa 2) desde el 1 de Noviembre hasta el 30 de Noviembre de dos mil veintiuno (2021). Si durante la

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vigencia del término de redención del premio el cliente empresarial o el colaborador del cliente empresarial no redimió su Premio, perderá el derecho de hacerlo. El Banco no reconocerá ningún premio que sea reclamado con posterioridad a las fechas establecidas en la vigencia de la Campaña. Los premios que no sean reclamados por los participantes durante la vigencia de los mismos, serán declarados desiertos y El Banco podrán disponer libremente de ellos.

CLAUSULA NOVENA: Sorteo

Se realizará el sorteo de los premios en la fecha que se indica a continuación y se llevará a

cabo en la Supervisión Comercial de Canales, ubicada en el piso 3 de Oficinas Centrales del

Banco Nacional, en la siguiente fecha y hora:

Fecha del sorteo

Etapa 1. 10 de Junio de 2021 a las 2:00 p.m.

Etapa 2. 13 de Octubre 2021 a las 2:00 p.m.

Para el sorteo se utilizará la base de datos generada por el BANCO con los participantes que cumplen con las condiciones estipuladas en el presente reglamento. El sorteo se realizara mediante el uso de un sistema electrónico aleatorio que determinará a los favorecidos y suplentes, de entre el total de participantes registrados y que cumplieron con las mécanicas establecidas en la cláusula octava del presente reglamento. El total de clientes se incluirán en la base de datos, se procederá a escoger de forma aleatoria a los favorecidos. Adicionalmente, se escogerán cinco (05) suplentes, que serán convocados en el mismo orden en que fueron elegidos. La base de datos que se utilizará para los sorteos de la presente promoción, se extraerán de los sistemas de EL BANCO y el sorteo se llevará a cabo en presencia de un notario de EL BANCO, mismo que dará fe de lo actuado en cada sorteo de elección de los favorecidos y levantará un acta notarial de lo actuado.

Los clientes favorecidos serán contactados vía telefónica a los números registrados en la

base de datos de EL BANCO y si no fuese localizado en el plazo de cinco (5) días hábiles o no cumple con los requisitos reglamentarios para recibir el premio, se dejará constancia de dicha circunstancia en el acta notarial que se levantará al efecto. En estos casos, se procederá a convocar al primer suplente, quien asumirá las mismas obligaciones y

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responsabilidades que el favorecido. Este suplente se localizará en el plazo de dos (2) días hábiles a los números telefónicos indicados en la base de datos. Los suplentes no serán dados a conocer y serán convocados única y exclusivamente en el supuesto que alguno de los favorecidos no acepte el premio, no concurrieren a hacer el retiro (firma del acta) específico del premio, no pudieren ser contactados por el funcionario encargado de la logística de entrega de premios del BANCO o no cumplan con las condiciones legales que se establecen en el presente Reglamento; se dejará también constancia de dicha circunstancia y se procederá a convocar a otro suplente, y asíquotesdbs_dbs22.pdfusesText_28
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