[PDF] comisiones.pdf El IPC de la fó





Previous PDF Next PDF



REGLAMENTO

La presente promoción se considerará de naturaleza exclusiva para BN Servicios activos del Banco Nacional de. Costa Rica. CLAUSULA TERCERA: Objeto de la 



REGLAMENTO

Banco Nacional de Costa Rica o EL BANCO: Dueño de la promoción “Premiación por aumento transaccional en BN Servicios 2021”. b. Reglamento: Documento que 



reglamento Banco Nacional

10 Dec 2015 corresponsales de BN Servicios del Banco Nacional.” ... General otorgó al Banco Nacional de Costa Rica una autorización para aplicar un.



Brief Creativo

11 Mar 2021 denominado “REGLAMENTO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE. CORRESPONSALES BN SERVICIOS DEL BANCO NACIONAL DE COSTA RICA.”.



División de Contratación Administrativa Al contestar refiérase al

6 Feb 2019 Reglamento para la prestación de servicios de los corresponsales BN Servicios del Banco Nacional de Costa Rica ante la Contraloría General ...



TÉRMINOS Y CONDICIONES TRANSFERENCIAS BN SERVICIOS

El Banco Nacional pone a disposición de los clientes personas físicas un servicio que le permitirá realizar transferencias desde sus cuentas a favor de 



comisiones.pdf

El IPC de la fórmula C: índice de precios al consumidor registrado para el mes anterior a la fecha del avalúo según el Banco Central de Costa Rica. 9. Para 



N° 2489

REGLAMENTOS. BANCO NACIONAL DE COSTA RICA. REGLAMENTO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CORRESPONSALES BN SERVICIOS DEL BANCO. NACIONAL DE COSTA RICA.



Nº 12.326 1 2 San José Costa Rica

https://www.bncr.fi.cr/_cache_e6f9/content/1609240000005528.pdf



N° 2794

14 Sept 2017 REGLAMENTO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CORRESPONSALES BN SERVICIOS DEL. BANCO NACIONAL DE COSTA RICA. BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO ...



Searches related to reglamento bn servicios banco nacional de costa rica

Reglamento: Documento que regula la actividad dirigida por el Banco Nacional de Costa Rica denominada promoción “Premiación por aumento transaccional en BN Servicios 2021” c Promoción: Actividad promocional aquí regulada

/LVWDGH&REURV

a) Cobro por Avalúos de Otorgamiento, liberaciones parciales, daciones de pago, sustitución de Garantía y

asignación de responsabilidades .............................................................................................................. 9

b) Cobro por Avalúos de Cobro Judicial hechos por Profesionales adscritos al Colegio Federado de

Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica................................................................................................10

c) Cobro por Avalúos de Cobro Judicial Temporales hechos por Profesionales adscritos al Colegio de

Ingenieros Agrónomos de Costa Rica.......................................................................................................10

d) Cobro por Avalúos de Bienes Temporales hechos por Profesionales adscritos al Colegio Federado de

Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica................................................................................................ 11

e) Cobro por Avalúos de Bienes Temporales hechos por Profesionales adscritos al Colegio de Ingenieros

Agrónomos de Costa Rica ....................................................................................................................... 11

Forma de

La que resulte

mayor entr e las fórmulas a, b y c: a) i * (Monto de crédito / i) b) .6 * (Hora

Profesional

CFIA) c) IPC *(Monto de crédito /

ͿǷ0.618

00 hora

profesion al No 1.El monto calculado a pagar debe incluir un 13% de I.V.A.

2.El Banco puede hacer cobros diferentes a las

publicadas en ventan illa en apego a su esquema de negociación.

3.Para caso de BN Vivienda Empleados, se exime

la comisión a empleados únicamente del Banco Nacional (NO SUSBSIDIARIAS) según artículo 43 de la convención colectiva.

4.En cas o de que el avalúo sea re alizado por

peritos externo s el costo se trans fiere al solicitante.

5.La Línea por avalúo se cobrará previ o a la

formalización.

6.El monto para calcular honorarios se hace con

base a la solicitud de avalúo.

7.Si po r las con dicion es de las fincas se

necesitaran profesionales de distintas zonas y el mo nto calculado de honorarios no da

¢291.276, se debe de bloquear los ¢291.276,

esto para cubrir al menos 2 montos mínimos de los peritos.

8.El I PC de la fórmula C: índice de precios al

consumidor registrado para el mes anterior a la fecha del avalúo según el Banco Central de

Costa Rica.

9.Para casos de liberaciones para el cálculo de

honorarios se utilizará el saldo de operación de la fecha de solicitud del avalúo.

10.Debe de bloquear un monto correspondiente al

costo oficial del Catastro Nacional po r cada plano catastrado que sea necesario a utilizar para efectos de la valoración con el fin de que el pe rito pueda comprar el plano o planos necesarios. Lo anterior cuando el documento que envía el cliente a veces esta borroso o ilegible o pueda estar cortado. P ara hacer efectivo el cobro, el perito deberá de incluir en la factura el rubro correspondiente a los ¢3,500 por cada plano catastrado necesario para hacer la valoración. De lo contrario, si la Sección de Ingeniería revisa los requisitos y no es necesaria la compra del plano, el dinero bloqueado será devuelto al cliente.

Forma de

La que resulte

mayor entre las fórmulas a y b a) i *(Monto de crédito/ i) b) 6*(Hora

Profesional

CFIA) ൔϭϰϱ͕ϲϯϴ͘ϬϬ hora profesional ͲͲͲ No 1.El mo nto calculado a pagar debe incluir un 13% de I.V.A.

2.El Ban co puede hacer cobr os

diferentes a las public adas en ventanilla en apego a su esquema de negociación.

3.En cas os de Cobr o Judi cial, si la

Sección de Ingeniería le da el dato de

las construcciones al perito, éste sólo deberá cobrar honorarios por el valor de te rreno, dato que no está emitiendo criterio sobre el valor de las construcciones.

4.Si se solicitan 2 o más garantías de un

mismo ex de udor, se calcularán honorarios entre el monto menor de la suma de montos contabilizados y la suma de avalúos.

Forma de

La que resulte

mayor entre las fórmulas a y b: a) Para solicitudes de hasta

¢5,250,000.00

(Cinco Millon es doscientos cincuenta mil colones) será de

3.4*(Hora

Profesional) y se

considerará este monto como el cobro mínimo. b) Para solicitudes mayores, responderá a la siguiente fórmula: IPC*(Monto de ൔϭϰϱ͕ϲϯϴ͘ϬϬ hora profesional ͲͲͲ No 1.El monto calculado a pagar debe incluir un 13% de I.V.A.

2.El Ban co puede hacer cobr os

diferentes a las public adas en ventanilla en apego a su esquema de negociación.

3.En cas os de Cobro Judicial, si la

Sección de Ingeniería le da el dato

de las const rucciones al perito,

éste sólo deberá cobrar honorarios

por el valor de terreno, dato que no está emitiendo criterio sobre el valor de las construcciones.

4.Hora Profesional: Hora profesional

establecida y publicad a, en La

Gaceta, por e l Colegio de

Ingenieros Agrónomos de Costa

Rica.

5.Si se solicitan 2 o más garantías de

un mismo ex deudor, se calcularán honorarios entre el monto menor

ϭϭ crédito/ IPC)

Ƿ0.618 de la suma de monto s

contabilizados y la suma de avalúos.

Forma de

Estará en

función de las fórmulas

1. Honorarios

Terreno:

1.5* i*(Monto/i)

Ƿ0.60

2.Honorarios

Construcción:

0.4*i*(Monto/i)

Ƿ0.70 ൔϭϰϱ͕ϲϯϴ͘ϬϬ hora profesional ͲͲͲ No 1.El monto calculado a pagar debe incluir un 13% de I.V.A.

2.El Ban co puede hacer cobr os

diferentes a las public adas en ventanilla en apego a su esquema de negociación.

3.Según el artículo 4(para terrenos) y

articulo 5(para ed ificaciones ) de la

Modificación y adición al decreto

ejecutivo N°35298 -MOPT del 17de

Junio de2010.

4. i: Factor de Actualización. El elemento

(i) se define como el factor de actualización al momento de calcular la cobrar, e quivalente al parámetro publicado en La Gaceta, por el Colegio

Federado de Ingenieros y de

Arquitectos de Costa Rica para fijar la

hora profesional y que esté vigente a la fecha.

5.Monto: Monto menor entre el monto

contabilizado por bienes temporales y el val or del avalú o, para aval úos hechos por profesionales del CFIA que tengan construcciones y avalúo sea el mayor, se de berá de calcular las proporciones de valor de terreno y construcciones respectivas.

6.Si se solicitan 2 o más garantías de un

mismo ex de udor, se calcularán honorarios entre el monto menor de la suma de montos contabilizados y la suma de avalúos.

Forma de

ϭϮ La q ue resul te

mayor entre las fórmulas a y b: a) Para solicitudes de hasta ¢5,250,000.00 (Cinco Millon es doscientos cincuenta mil colones) será de

3.4*(Hora

Profesional) y se

considerará este monto como el cobro mínimo. b) Para so licitudes mayores, responderá a la si guiente fórmula:

IPC*(Monto de

hora profesional ͲͲͲ No 1.El monto calculado a pagar debe incluir un 13% de I.V.A.

2.El Ban co puede hacer cobros

diferentes a las publicadas en ventanilla en apego a su esquema de negociación.

3.Monto: Monto menor entre el

monto contabilizado por bienes temporales y el valor del avalúo, para aval úos he chos por profesionales del CFIA que tengan construcciones y avalúo sea el mayor, se deberá calcular las pr oporciones de valor de terreno y const rucc iones respectivas.

4.Hora Pro fesional: Hora

profesional establecida y publicada, en La Gaceta, por el

Colegio de Inge nieros

Agrónomos de Costa Rica.

5.Si se solicitan 2 o más garantías

de un mismo ex deudor, se calcularán honorarios entre el monto menor de la suma de montos contabi lizados y la suma de avalúos. Forma de aplicación Cobro Mínimo Máximo Negociación Créditos que clasifiquen en Junta Rural, al igual que los subpréstamos derivados de las líneas de crédito de esta cartera. 1.00% - - - - - - Si Programa Emergencias-Arroz (acuerdo AG-1447-181-2016) Consejo Rector de Banca para el Desarrollo. 1.00% - - - - - - Si Créditos que clasifique en Banca de Desarrollo para micro y pequeña empresa, al igual q ue l os subpréstamos derivados de líneas de crédito para este segmento (aplica para cualquier plazo tanto para créditos en colones como en dólares). 1.50% - - - - - - Si

BN Municipalidades 1.50% - - - - - - Si

BN-Vivienda 2.00% - - - - - - Si

BN-Vehículos 2.75% - - - - - - Si

BN-Vehículos (Seguro emitido por BN-Corredora) 2.50% - - - - - - Si

BN Motos 5.00% - - - - - - Si

Resto de los Créditos 2.50% - - - - - - Si

Subpréstamos menores o iguales a 12 meses 1.75% - - - - - - Si Subpréstamos mayores a 12 meses 2.50% - - - - - - Si

BN Rapiditos

4.00% - - - - - - Si Para casos de operaciones normalizadas dado que las mismas están

en un proceso de recuperación, se les descuenta (se negocia, no se cobra) la tarifa.

BN Rapiditos gestionados

3.00% - - - - - - Si Se podrá negociar el cobro hasta 2.50% mínimo para clientes de alto

perfil o bien según la campaña comercial impulsada por el área de

Productos de Crédito.

Para casos de operaciones normalizadas dado que las mismas están en un proceso de recuperación, se les descuenta (se negocia, no se cobra) la tarifa.

BN Soluciones

2.5% - - - - - - Si Para casos de operaciones normalizadas dado que las mismas están

en un proceso de recuperación, se les descuenta (se negocia, no se cobra) la tarifa. Formalización Microcrédito cliente nuevo Pagare 2.80% - - - - - - Si Formalización línea de crédito Pyme fácil (Microcrédito)

1.30% - - - - - - Si La comisión para línea de crédito que se pueden desembolsar por

medio de Internet Banking pasa de 1.50% a 1.30%

Observaciones:

Comisión de operaciones normalizadas en Oficinas del Banco Nacional

Proceso Porcentaje de

comisión de normalización Comisión mínima colones Nivel de negociación*

Persona Física Asalariada Menos de

100 millones 2.50% 400,000.00 Nivel 1 (hasta 60%) y 2 (hasta 30%)

Persona Física Asalariada Más de 100

millones 2.50% 470,000.00 Nivel 1 (hasta 60%) y 2 (hasta 30%) Persona Física Actividad Productiva 2.50% 535,000.00 Nivel 1 (hasta 60%) y 2 (hasta 30%)

Persona Física Actividad Mercantil

más de 150 millones 2.50% 2,500,000.00 Nivel 1 (hasta 60%) y 2 (hasta 30%) Persona Jurídica 65-100 millones 2.50% 2,500,000.00 Nivel 1 (hasta 60%) y 2 (hasta 30%) Persona Jurídica más de 100 millones 2.50% 3,300,000.00 Nivel 1 (hasta 60%) y 2 (hasta 30%)

Créditos en operaciones normalizadas

superiores a ¢1,000 millones en operaciones especiales 2.50% 3,300,000.00 Nivel 1 (hasta 60%), nivel 2 (hasta 30%) o hasta un

75%, dejando los casos justificados de por qué se

requiere más que N1 o N2

Créditos en operaciones normalizadas

en la Dirección de Crédito, Oficina de Reestructuración Crediticia 2.50% n/a Negociación de hasta 100% de la comisión, sólo autorizados por la Dirección General de Crédito mediante el director de Cobranzas y la jefatura de

Restructuración de Crédito

Cancelación Total: Sobre el saldo al momento de la cancelación total. 3.00% - - - - - - Si Cancelación Parcial (abono extraordinario): Sobre el saldo al momento del abono o pago parcial. 3.00% - - - - - - Si

Colones

Forma de aplicación Negociación

Corresponderá al 5% de la parte del abono al principal que se encuentra en mora, pero en ningún caso podrá

ser mayor a doce (12) dólares moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, o su equivalente en

colones, según el tipo de cambio de venta para la fecha del cargo. Si

1.El monto calculado a pagar debe incluir un 13% de I.V.A.

1.El monto calculado a pagar debe incluir un 13% de I.V.A.

1.El monto calculado a pagar debe incluir un 13% de I.V.A.

1.El monto calculado a pagar debe incluir un 13% de I.V.A.

1.El monto calculado a pagar debe incluir un 13% de I.V.A.

1.El monto calculado a pagar debe incluir un 13% de I.V.A.

Retiro al instante de Fondos de Mercado de Dinero y de Fondos a Plazo en colones: Tasa TRI en colones a 6 meses,

vigente al momento de la operación, más diez puntos porcentuales, factor 360 anualizado por día.

Retiro al instante de Fondos de Mercado de Dinero y de Fondos a Plazo en dólares: Tasa TRI en dólares a 6 meses,

vigente al momento de la operación, más diez puntos porcentuales, factor 360 anualizado por día.

Tipo de transacción Limite Comisión

Pago de servicios públicos y privados ൂϱϬϬ͘ϬϬϬ͕ϬϬ No paga

Pago de cuotas de operaciones de crédito

pertenecientes al Banco Nacional ൂϯϱϬ͘ϬϬϬ͕ϬϬ No paga

Pago de tarjetas de crédito pertenecientes

al Banco Nacional ൂϯϱϬ͘ϬϬϬ͕ϬϬ No paga

Avances de efectivo con tarjetas de

crédito pertenecientes al Banco Nacional ൂϮϱϬ͘ϬϬϬ͕ϬϬ 5% del monto a retirar se carga a

la tarjeta.

Retiros de efectivo con tarjetas de débito

pertenecientes al Banco Nacional ൂϮϱϬ͘ϬϬϬ͕ϬϬ $1.25 por cada retiro. Se debita de

la cuenta.

Remesas al exterior: Nicaragua, Colombia,

Perú, El Salvador $ 500,00 Se incluye en el monto de la transacción. Depósitos a cuentas del Banco Nacional ൂϮϱϬ.000,00 ¢350 por transacción.

Transferencias de efectivo para retirar en

el BN Servicios ൂϮϱϬ͘ϬϬϬ͕ϬϬ No paga *Se paga directamente al corresponsal del BN Servicio

*Un cliente o usuario tiene autorizado realizar un máximo de transacciones mensuales que, en conjunto y acumuladas,

sumen el equivalente a US $2500.000,00

*En caso de dudas o reclamos comunicarse al 2212-2000 o presente su inquietud en la agencia BN de su escogencia.

Forma de Aplicación Cobro Mínimo Máximo Negociación

Hasta $150 2.00% $5.00 Abierto

Si Exceso de $150 hasta $750 1.50% --- ---

Exceso de $750 hasta $1.800 1.00% --- ---

Exceso $1.800 0.25% --- ---

1.El monto calculado a pagar debe incluir un 13% de I.V.A.

Retiros:

1.Para los clientes del sector financiero (competencia directa del Banco Nacional como bancos, mutuales, cooperativas

de ahorro y crédito, financieras, cambistas de moneda, asociaciones solidaritas, entre otros), el cobro por retiros

aplicará sobre cualquier monto a retirar de la siguiente forma:

1.5% sobre el monto a retirar indistintamente la moneda y la forma (billete o níquel) aplica para colones, dólares y

euros.

No se permite recibir níquel y cambiarse por billete, el níquel sólo se recibe en la modalidad de depósito (cobro 5.27).

En caso de que el dinero retirado involucre el traslado de valores a través del servicio de remeseros, el cliente debe

cubrir el costo del transporte.

Si la movilización de dinero se realiza a través de los servicios CIPE (Centro Institucional de Procesamiento de Efectivo)

aplican los cobros estipulados de dicho canal.

2.Para clientes no financieros (personas físicas o jurídicas) cuya actividad económica no se refiere a competencia directa

del Banco Nacional), aplica un cobro sobre el monto a retirar de la siguiente forma:

0.5% sobre el monto a retirar en el caso de colones (billetes) cuando dicho retiro supera los ¢12.5 millones retirados

en una visita o retirado en tractos durante el día.

1.50% sobre el monto a retirar en el caso de moneda extranjera (billetes) cuando dicho retiro es igual o supera los

US$10 mil retirados en una visita o retirado en tractos durante el día.

Para el caso de retiros en níquel 0.90% sobre el monto a retirar, a partir de los ¢5 mil, con una tarifa mínima de

US$2.00

En el caso de que un cliente NO financiero solicite el cambio de monedas mediante un retiro que superen la

disponibilidad del cajero e involucre un pedido a tesorería, el cobro es de 0.90% sobre el monto del níquel solicitado,

rige a partir de ¢5,000 o su equivalente en otra moneda, mínimo US$2.00.

No se permite recibir níquel y cambiarse por billete, el níquel sólo se recibe en la modalidad de depósito (Cobro 5.27).

Si la movilización de dinero se realiza a través de los servicios CIPE (Centro Institucional de Procesamiento de Efectivo)

aplican los cobros estipulados de dicho canal.

En caso de que la movilización del efectivo involucre el traslado de valores a través del servicio de remeseros, el cliente

quotesdbs_dbs23.pdfusesText_29
[PDF] cartilla de informacion - Banco de la Nación

[PDF] COMPTES ANNUELS: schéma abrégé pour entreprises en euros

[PDF] Bénéfices non commerciaux (BNC) 2015 des médecins libéraux

[PDF] Bibliothèque nationale de France

[PDF] Tarifs de la BnF ? partir du 1er mars 2017

[PDF] conditions de banque particuliers et professionnels - BNP Paribas El

[PDF] ORGANIGRAMME BMCI JANV 2015

[PDF] Articulation des programmes d 'enseignement de l 'école - sitEColes

[PDF] Bulletin officiel n°26 du 20 juillet 2017 Sommaire - Tahitidocs

[PDF] bulletin officiel - Ministère de l 'Economie et des Finances

[PDF] Bulletin officiel n° 1 du 5 janvier 2012 - Ministère de l 'Éducation

[PDF] éduSCOL - mediaeduscoleducationfr - Ministère de l 'Éducation

[PDF] Programme de l 'école maternelle - Ministère de l 'Éducation nationale

[PDF] Programmes pour les cycles - Ministère de l 'Éducation nationale

[PDF] Biotechnologies - Eduscol - Ministère de l 'Éducation nationale