[PDF] LEY 1150 DE 2007 - MinTIC Colombia



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LEY 1150 DE 2007 - MinTIC Colombia

LEY 1150 DE 2007 (julio 16) Diario Oficial No 46 691 de 16 de julio de 2007 CONGRESO DE LA REPÚBLICA Por medio de la cual se introducen medidas para la eficiencia y la transparencia en la Ley 80 de 1993 y se dictan otras disposiciones generales sobre la contratación con Recursos Públicos NOTAS DE VIGENCIA:



Compilación Juridica MINTIC

LEY 1150 DE 2007 (julio 16) Diario Oficial No 46 691 de 16 de julio de 2007 CONGRESO DE LA REPÚBLICA Por medio de la cual se introducen medidas para la eficiencia y la transparencia en la Ley 80 de 1993 y se dictan otras disposiciones generales sobre la contratación con Recursos Públicos Resumen de Notas de Vigencia NOTAS DE VIGENCIA:



341mites2doc) - MinTIC Colombia

Title (Microsoft Word - 3292 Anti-tr\341mites2 doc) Author: aaparicio Created Date: 7/22/2004 15:11:8





MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS

El MinTIC se permite convocar, en los términos de la Ley 1978 de 2019, la Ley 1882 de 2018, la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 1082 de 2015, a los Interesados en participar en el presente Proceso de Selección, con el objeto de seleccionar la Propuesta más favorable para la Adjudicación del Contrato de



MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACION Y LAS COMUNICACIONES

1098 de 2006, la Ley 1150 de 2007 y la Ley 1341 de 2009, las normas previstas en esta resolución, los planes técnicos nacionales de radiodifusión sonora que integren el Plan General de Radiodifusión Sonora, las demás disposiciones que regulen la materia, así como las normas que las modifiquen, sustituyan o reglamenten



DIRECCION DE PRODUCCION ESTUDIOS PREVIOS PARA LA CONVOCATORIA

14 de la Ley 1150 de 2007 la cual fue modificada por el artículo 93 de la Ley 1474 de 2011 que al comunicaciones del MINTIC CONSIDERACIONES GENERALES



ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS

1150 de 2007 la cual fue modificada por el artículo 93 de la Ley 1474 de 2011 que al respecto reza: ” estarán sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, con excepción de aquellas que desarrollen actividades comerciales en competencia con el sector privado y/o público, nacional o internacional



TELEVISIÓN REGIONAL DEL ORIENTE LTDA CANAL TRO LTDA

Que el artículo 93 de la Ley 1474 de 2011, que modificó el artículo 14 de la Ley 1150 de 2007, y el artículo 2 2 1 2 1 2 24, del Decreto 1082 de 2015, señalan que las empresas industriales y comerciales del Estado, entre otros, en cumplimiento de su objeto social y en general, de sus

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[PDF] decreto 1295 de 1994 - UGPP

[PDF] LEY 1314 DE 2009 (julio 13) Reglamentada por el Decreto - CTCP

[PDF] Presentación de PowerPoint - Ministerio de Comercio, Industria y

[PDF] Decreto 1443 del 31 de julio de 2014 - Ministerio del trabajo

[PDF] LEY 1454 DE 2011 (Junio 28) por la cual se dictan normas - Ideam

[PDF] Ley Orgánica de Ordenamiento - Ministerio del Interior

[PDF] universidad regional autónoma de los andes #8220 uniandes #8221 facultad de

[PDF] Ley 1562 - Presidencia de la República de Colombia

LEY 1150 DE 2007

(julio 16)

Diario Oficial No. 46.691 de 16 de julio de 2007

Por medio de la cual se introducen medidas para la eficiencia y la transparencia en la Ley 80 de 1993 y se dictan otras disposiciones generales sobre la contratación con Recursos Públicos.

NOTAS DE VIGENCIA:

- Modificada por el Decreto 19 de 2012, publicado en el Diario Oficial No. 48.308 de 10 de enero de 2012, 'Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública' - Modificada por la Ley 1508 de 2012, publicada en el Diario Oficial No. 48.308 de 10 de enero de 2012, 'Por la cual se establece el régimen jurídico de las Asociaciones Público Privadas, se dictan normas orgánicas de presupuesto y se dictan otras disposiciones' - Modificada por la Ley 1474 de 2011, publicada en el Diario Oficial No. 48.128 de 12 de julio de 2011, 'Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de

prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la

gestión pública'. - Modificada por la Ley 1450 de 2011, publicada en el Diario Oficial No. 48.102 de 16 de junio de 2011, 'Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo, 2010-2014'

El Congreso de la República

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. OBJETO. La presente ley tiene por objeto introducir modificaciones en la Ley 80 de 1993, así como dictar otras disposiciones generales aplicables a toda contratación con recursos públicos.

TITULO I.

DE LA EFICIENCIA Y DE LA TRANSPARENCIA.

ARTÍCULO 2o. DE LAS MODALIDADES DE SELECCIÓN. La escogencia del contratista se efectuará con arreglo a las modalidades de selección de licitación pública, selección abreviada, concurso de méritos y contratación directa, con base en las siguientes reglas:

1. Licitación pública. La escogencia del contratista se efectuará por regla general

a través de licitación pública, con las excepciones que se señalan en los numerales

2, 3 y 4 del presente artículo.

Cuando la entidad estatal así lo determine, la oferta en un proceso de la licitación pública podrá ser presentada total o parcialmente de manera dinámica mediante subasta inversa, en las condiciones que fije el reglamento.

Corte Constitucional

- Inciso declarado EXEQUIBLE, por el cargo analizado por la Corte Constitucional, por el cargo analizado, mediante Sentencia C-713-09 de 7 de octubre de 2009, Magistrado

Ponente Dr. María Victoria Calle Correa.

2. Selección abreviada. La Selección abreviada corresponde a la modalidad de

selección objetiva prevista para aquellos casos en que por las características del objeto a contratar, las circunstancias de la contratación o la cuantía o destinación del bien, obra o servicio, puedan adelantarse procesos simplificados para garantizar la eficiencia de la gestión contractual.

El Gobierno Nacional reglamentará la materia.

Serán causales de selección abreviada las siguientes: a) La adquisición o suministro de bienes y servicios de características técnicas uniformes y de común utilización por parte de las entidades, que corresponden a aquellos que poseen las mismas especificaciones técnicas, con independencia de su diseño o de sus características descriptivas, y comparten patrones de desempeño y calidad objetivamente definidos.

Corte Constitucional

- La Corte Constitucional se declaró INHIBIDA de fallar sobre este la expresión 'servicios' incluida en este inciso por ineptitud de la demanda, mediante Sentencia C-713-09 de 7 de octubre de 2009, Magistrado Ponente Dr. María Victoria Calle Correa. Para la adquisición de estos bienes y servicios las entidades deberán, siempre que el reglamento así lo señale, hacer uso de procedimientos de subasta inversa o de instrumentos de compra por catálogo derivados de la celebración de acuerdos marco de precios o de procedimientos de adquisición en bolsas de productos; b) La contratación de menor cuantía. Se entenderá por menor cuantía los valores que a continuación se relacionan, determinados en función de los presupuestos anuales de las entidades públicas expresados en salarios mínimos legales mensuales. Para las entidades que tengan un presupuesto anual superior o igual a 1.200.000 salarios mínimos legales mensuales, la menor cuantía será hasta 1.000 salarios mínimos legales mensuales. Las que tengan un presupuesto anual superior o igual a 850.000 salarios mínimos legales mensuales e inferiores a 1.200.000 salarios mínimos legales mensuales, la menor cuantía será hasta 850 salarios mínimos legales mensuales. Las que tengan un presupuesto anual superior o igual a 400.000 salarios mínimos legales mensuales e inferior a 850.000 salarios mínimos legales mensuales, la menor cuantía será hasta 650 salarios mínimos legales mensuales.quotesdbs_dbs3.pdfusesText_6