La Constitución de Honduras - Español
Oct 13 2011 CONSTITUCIÓN POLITICA DE LA REPUBLICA DE HONDURAS DE 1982 ... En los casos a que se refieren los numerales 1
Carta de la Organización de los Estados Americanos (1948)
2. CARTA DE LA ORGANIZACION DE LOS ESTADOS AMERICANOS el capítulo XV la actual Comisión Interamericana de Derechos Humanos velará por la observancia.
Derechos de los trabajadores
cumplimiento plasmadas en las normas de la OSHA ni en la Ley. Asimismo dado que las interpretaciones y la política de cumplimiento pueden cambiar con el.
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1. Los extranjeros gozarán en España de las libertades públicas que garantiza el presente Título en los términos que establezcan los tratados y la ley. 2
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Los empleadores deben proporcionar a sus empleados este aviso la política e información sobre la capacitación en inglés y en el idioma principal de un empleado
C o n s t i t u c i ó n
E s p a ñ o l a
Constitución Española
PREÁMBULO
La Nación española, deseando establecer la justicia, la libertad y la seguridad y promover el bien de cuantos la integran, en uso de su soberanía, proclama su voluntad de: Garantizar la convivencia democrática dentro de la Constitución y de las leyes conforme a un orden e conómico y social justo. Consolidar un Estado de Derecho que asegure el imperio de la ley como expresión de la voluntad popular. Proteger a todos los españoles y pueblos de España en el ejercicio de los derechos humanos, sus culturas y tradiciones, lenguas e instituciones. Promover el progreso de la cultura y de la economía para asegurar a todos una digna calidad de vida. Establecer una sociedad democrática avanzada, y Colaborar en el fortalecimiento de unas relaciones pacíficas y de efi caz cooperación entre todos los pueblos de la Tierra. En consecuencia, las Cortes aprueban y el pueblo español ratifica la siguienteC O N S T I T U C I Ó N
Constitución Española
Í N D I C E
TÍTULO PRELIMINAR
TÍTULO I. De los derechos y deberes fundamentales o CAPÍTULO I. De los españoles y los extranjeros oCAPÍTULO II. Derechos y libertades
SECCIÓN 1. De los derechos fundamentales y de las libertades públicas SECCIÓN 2. De los derechos y deberes de los ciudadanos o CAPÍTULO III. De los principios rectores de la política social y económica o CAPÍTULO IV. De las garantías de las libertades y derechos fundamentales o CAPÍTULO V. De la suspensión de los derechos y libertadesTÍTULO II. De la Corona
TÍTULO III. De las Cortes Generales
oCAPÍTULO I. De las Cámaras
oCAPÍTULO II. De la elaboración de las leyes
oCAPÍTULO III. De los tratados internacionales
TÍTULO IV. Del Gobierno y de la Administración TÍTULO V. De las relaciones entre el Gobierno y las Cortes GeneralesTÍTULO VI. Del Poder Judicial
TÍTULO VII. Economía y Hacienda
TÍTULO VIII. De la organización territorial del Estado oCAPÍTULO I. Principios generales
oCAPÍTULO II. De la Administración Local
oCAPÍTULO III. De las Comunidades Autónomas
TÍTULO IX. Del Tribunal Constitucional
TÍTULO X. De la reforma constitucional
DISPOSICIONES ADICIONALES
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
DISPOSICIÓN FINAL
Constitución Española
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TÍTULO PRELIMINAR
Artículo 1
La soberanía
reside en el pueblo 1. España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna co mo valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.2. La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado.
3. La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria.
Artículo 2
Unidad de la
Nación y derecho
a la autonomía La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria com
ún e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.Artículo 3
El castellano y
las dem ás lenguas españolas1. El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el
debe r de conocerla y el derecho a usarla.2. Las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas
C omunidades Autónomas de acuerdo con sus Estatutos.3. La riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España es un patrimonio
cultural que será objeto de especial respeto y protección.Artículo 4
La bandera de
España y las
de lasComunidades
Autónomas 1. La bandera de España está formada por tres franjas horizontales, roja, amarilla y roj
a, siendo la amarilla de doble anchura que cada una de las rojas.2. Los estatutos podrán reconocer banderas y enseñas propias de las Comunidades
Au tónomas. Estas se utilizarán junto a la bandera de España en sus edificios públicos y en sus actos oficiales.Artículo 5
Madrid, capital La capital del Estado es la villa de Madrid.Artículo 6
Partidos políticos
Los partidos políticos expresan el pluralismo político, concurren a la formación y m anifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la participación política. Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la ley. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.Artículo 7
Sindicatos y
a sociacionesempresariales Los sindicatos de trabajadores y las asociaciones empresariales contribuyen a la defensa
y promoción de los intereses económicos y sociales que les son propios. Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la ley. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.Artículo 8
Fuerzas
Arm adas1. Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejérci
to del Aire, tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional.2. Una ley orgánica regulará las bases de la organización militar conforme a los
principios de la presente Constitución.Constitución Española
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Artículo 9
Respeto a la ley 1. Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del
or denamiento jurídico.Libertad e
ig ualdad 2. Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y l a igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.Garantías
jurídicas 3. La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la pu
blicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.TÍTULO I
De los derec
hos y deberes fundamentalesArtículo 10
Derechos de la
persona 1. La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desar rollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social.2. Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Co
nstitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España.CAPÍTULO I
De los esp
añoles y los extranjerosArtículo 11
Nacionalidad 1. La nacionalidad española se adquiere, se conserva y se pierde de acuerdo con lo establecido por la ley.2. Ningún español de origen podrá ser privado de su nacionalidad.
3. El Estado podrá concertar tratados de doble nacionalidad con los países
iberoamericanos o con aquellos que hayan tenido o tengan una particular vinculación con España. En estos mismos países, aún cuando no reconozcan a sus ciudadanos un derecho recíproco, podrán naturalizarse los españoles sin perder su nacionalidad de origen.Artículo 12
Mayoría de
edad : 18 años Los españoles son mayores de edad a los dieciocho años.Artículo 13
Derechos de
los extranjeros 1. Los extranjeros gozarán en España de las libertades públicas que garantiza el p
resente Título en los términos que establezcan los tratados y la ley.2. Solamente los españoles serán titulares de los derechos reconocidos en el artículo 23
, salvo lo que, atendiendo a criterios de reciprocidad, pueda establecerse por tratado o ley para el derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales.3. La extradición sólo se concederá en cumplimiento de un tratado o de una ley,
atendiendo al principio de reciprocidad. Quedan excluidos de la extradición los delitos políticos, no considerándose como tales los actos de terrorismo.4. La ley establecerá los términos en que los ciudadanos de otros países y los apát
ridas podrán gozar del derecho de asilo en España.Constitución Española
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CAPÍTULO II
Derechos y
libertadesArtículo 14
Igualdad ante
la ley Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.SECCIÓN 1.ª
De los
derechos fundamentales y de las libertades públicasArtículo 15
Derecho a la
vi da Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra.Artículo 16
Libertad
ideo lógica y religiosa 1. Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las com unidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley.2. Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias.
3. Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.Artículo 17
Derecho a la
liberta d personal 1. Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad. Nadie puede ser privado de s u libertad, sino con la observancia de lo establecido en este artículo y en los casos y en la forma previstos en la ley.2. La detención preventiva no podrá durar más del tiempo estrictamente necesario
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