81 P081 129
Inspección del trabajo. Convenios y Protocolo. 81. P081. 129 Protocolo de 1995 relativo al Convenio sobre la inspección del trabajo 1947. (núm. 81); y.
Informe III (Parte 1B)
Sep 10 2003 81)
Nota técnica 2.2: Instrumento relativo a los principios generales
Aug 10 2018 Normativa de la OIT relativa a los principios generales para la ... Véanse: Convenio sobre la inspección del trabajo
Nota técnica 2.1: Instrumento sobre la inspección del trabajo en los
Aug 10 2018 Normativa de la OIT relativa a la inspección del trabajo en los territorios ... el Convenio sobre la inspección del trabajo
Documento general: Información básica para el examen de los
Aug 10 2018 trabajo. Los tres Convenios que se ocupan exclusivamente de la inspección del trabajo han recibido: 145 ratificaciones (Convenio núm. 81) ...
CONVENIO OIT 81 Convenio sobre la inspección del trabajo 1947
i) Para interrogar solos o ante testigos
Convenio sobre la inspección del trabajo 1947 (núm. 81) y
En el marco del mecanismo de control regular de la aplicación de las normas internacionales del trabajo de la OIT la CEACR es un órgano independiente cuya
Directrices sobre los principios generales de la inspección del trabajo
81 y 129 fueron considerados «convenios prioritarios» por el Consejo 12 OIT Estudio general relativo al Convenio sobre la inspección del trabajo
LOS CONVENIOS DE GOBERNANZA
Convenio (núm.81) sobre la inspección del trabajo 1947 3 Véase OIT: Estudio General sobre los instrumentos relativos al empleo a la luz de la ...
EXAMEN DE LOS INSTRUMENTOS
Nota técnica
El subtema de inspección del trabajo en los territorios no metropolitanos incluye un instrumento: el Convenio sobre la inspección del trabajo (territorios no metropolitanos), 1947 (núm. 85)Estatus actual del instrumento: en situación provisoria (tal como determinó el Grupo de Trabajo
Cartier)
Medidas que podrían considerarse: clasificarlo como instrumento superado; aplazar la decisión de derogarlo o retirarlo hasta más adelante; promover los Convenios núm. 81 y 12910 de agosto
Examination by
SRM TWG of
status of instruments concerning OSH (specific branches) 10SRM TWG
2018SRM TWG
2017Examen por el
incluidos en el programa de 6 categoría de "otr 3 3Clasificación
instrumento en situaciónN o r m a t i v a d e l a O I T r e l a t i v a a l a i n s p e c c i ó n d e l t r a b a j o e n lo s t e r r i t o r i o s n o
m e t r o p o l i t a n o s 4 5GTT del MEN
2018Ventejol
1979 y 1987
Cartier
20021
Adopción
del C.81 y el C.85 19475 En la
Declaración
de la OIT sobre justicia social se designan elC.81 y el
C.129 como
convenios de gobernanza 20082
Adopción
del C.129 1969Enfoque normativo de la OIT respecto de la inspección del El Convenio sobre la inspección del trabajo (territorios no Convenio sobre la inspección del trabajo, 1947 (núm.. 1 2 3
Medidas tomadas por
1.En el Convenio núm. 81 se disponen
1 Informe IV
CIT, 29.ª reunión, Montreal, 1946, pág..
2 Informe V: N,
3Manual de redacción de los instrumentos de la OIT Según las disposiciones del
Informe III (Parte IB),
, Informe III (Parte 4B), Informe de laInforme IV, ,
págs. 12 Cuarta reunión del Grupo de Trabajo tripartito del MEN (17NOTA TÉCNICA
4 dVéanseConvenio núm. 85
2.El Convenio núm. 129 se adoptó para
4 5 agricultura»6VéaseConvenio
3. El VéaseEstudio detallado de las normas internacionales del trabajo 4.Siguiendo
74 Informe,
5 3ª edición,
6Informe, C
7 Cuarta reunión del Grupo de Trabajo tripartito del MEN (17NOTA TÉCNICA
5 a la hora de aplicar el Convenio núm. 81 en los TNM, eVéanseGB.283/LILS/WP/PRS/1/2
GB.267/LILS/4/2(Rev.) 267, p
5. Tras la designación de los Convenios núms. 81 y 129 como dos de los cuatro Convenios Véanse: Declaración de la OIT sobre la justicia social para una globalizaciónRatificación y promoción de
A El Convenio núm. 85 contiene cinco disposiciones sustantivas. Si bien las disposiciones en sí 8 metropolitanos), 1947 (núm. 8 Cuarta reunión del Grupo de Trabajo tripartito del MEN (17NOTA TÉCNICA
6Artículo
1 Objetivo: Establecer el requisito de que se mantenga un sistema de inspección del trabajo en los TNM, sin disponer que se aplique a uno o varios sectores en particular. Comparación con el C.81 y el C.129: Es equivalente a los artículos 1 y 22 del C.81, en los que se dispone explícitamente que los servicios de inspección del trabajo se mantengan, al menos, en los establecimientos industriales y comerciales; y a los artículos 3 y 4 del C.129, en los que se establece que los servicios de inspección del trabajo deben aplicarse a las empresas agrícolas. Pertinencia actual: Disposición actualizada; cuestiones de fondo reflejadas en el C.81 y C.129, de carácter universalArtículo
2 Objetivo: Los inspectores del trabajo deberán haber recibido una preparación adecuada. Comparación con el C.81 y el C.129: Es equivalente al artículo 7, 3) del C.81 y el artículo 9, 3) del C.129. Pertinencia actual: Disposición actualizada; cuestiones de fondo reflejadas en el C.81 y C.129, de carácter universalArtículo
3 Objetivo: Los trabajadores y sus representantes deben poder comunicarse libremente con los inspectores. Comparación con el C.81 y el C.129: Contenido cubierto por el artículo12, c), i) del C.81 y el artículo 16, c), i) del C.129 (los inspectores del trabajo
deben estar autorizados a interrogar al personal sobre la aplicación de las disposiciones legales); y el artículo 5, b) del C.81 y el artículo 13 del C.129 (colaboración con los interlocutores sociales). Pertinencia actual: Disposición actualizada; cuestiones de fondo reflejadas en el C.81 y C.129, de carácter universalArtículo
4 Objetivo: Contemplar las facultades de los inspectores del trabajo y la frecuencia de las inspecciones. Comparación con el C.81 y el C.129: Es equivalente a los artículos 12 y 16 del C.81 y los artículos 16 y 21 del C.129 Pertinencia actual: Disposición actualizada; cuestiones de fondo reflejadas en el C.81 y C.129, de carácter universalArtículo
5 Objetivo: Establecer las obligaciones de los inspectores del trabajo. Comparación con el C.81 y el C.129: Es equivalente al artículo 15 del C.81 y el artículo 20 del C.129. Cuarta reunión del Grupo de Trabajo tripartito del MEN (17NOTA TÉCNICA
7 Pertinencia actual: Disposición actualizada; cuestiones de fondo reflejadas en el C.81 y C.129, de carácter universal El A La OIT siempre ha reconocido la importancia de la administración y de la inspección del 9 10 11 12 B 1) El Convenio núm. 85 ha sido ratificado por diez Estados Miembros, Reino 13 dos son Estados Miembros responsables de TNM14 uno es un antiguo Estado Miembro responsable15 siete 169 Informe V: Administración del trabajo e inspección del trabajo, CIT, 100.ª reunión, Ginebra, 2011
10 1112Informe IV
, CIT, 29.ª reunión, Montreal, 194613Anguilla, Islas Vírgenes Británicas, Montserrat Santa .
14Francia Reino Unido.
15Bélgica.
16Benin, Fiji, Papua Nueva Guinea, Somalia, Tanzan, Togo Trinidad .
Cuarta reunión del Grupo de Trabajo tripartito del MEN (17NOTA TÉCNICA
8Estado
Miembro o
TNMFecha de
ratificación o aplicaciónInformación adicional
Bélgica 1955
Ratificó el C.81 en 1957 y el C.129 en 1997
Bélgica ya no es responsable de ningún TNM y por lo tanto no tiene obligación de presentar memoria en virtud del C.85 El C.85 sigue en vigor en Bélgica, pero no hay obligación de presentar memorias al respectoBenin 1960
Ratificó el C.81 en 2001
El C.85 sigue en vigor, pero no hay obligación de presentar memorias al respectoFiji 1974
Ratificó el C.81 en 2008 y el C.129 en 2010
El C.85 sigue en vigor, pero no hay obligación de presentar memorias al respectoFrancia 1954
Ratificó el C.81 en 1950 y el C.129 en 1972
El C.85 no se aplica a ninguno de los tres TNM de los que Francia es responsable y por lo tanto no hay obligación de presentar memorias al respecto: o El C.81 se aplica a la Polinesia Francesa y NuevaCaledonia;
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